Caso Cascadas: SVS rechaza recursos de reposición presentados por sancionados

Caso Cascadas: SVS rechaza recursos de reposición presentados por sancionados
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(Foto: A. Uno) El ente rector desestimó los recursos interpuestos por Julio Ponce, Aldo Motta, Roberto Guzmán, Manuel Bulnes, Felipe Errázuriz, Leonidas Vial y LarrainVial.

 

La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) rechazó los recursos de reposición presentandos por sancionados en el marco Cascadas, y mantuvo las millonarias multas impuestas el 2 de septiembre pasado, que sumaron una cifra histórica de US$164 millones.

El ente rector desestimó los recursos interpuestos por Julio Ponce, Aldo Motta, Roberto Guzmán, Manuel Bulnes, Felipe Errázuriz, Leonidas Vial y LarrainVial Corredora de Bolsa, consignó Diario Financiero.

Sobre los argumentos presentando por Ponce Lerou -quien fue multado con UF 1.700.000 (US$ 70 millones aproximadamente)- sostuvo que "no contiene antecedentes nuevos no conocidos por este organismo al momento de la dictación, no habiéndose hecho valer ningún argumento ni presentado ningún elemento que permita modificar las decisiones contenidas en dicha Resolución Exenta".

Y aseguró que "el recurrente fue oído y planteó todos sus argumentos de defensa en el proceso, cumpliéndose a cabalidad lo que la ley contempla como audiencia", por lo que "pretender que fue limitado en sus derechos no puede ser efectivo". Asimismo, remarcó que en la presentación "se limita a una mera enunciación sin entregar fundamentos de cómo se configurarían esos vicios, baste señalar que por la generalidad y vaguedad con que se plantean, se hace imposible ponderar a este organismo si se verifican dichos supuestos".

En cuanto al recurso presentado por la corredora de bolsa -que fue recibió una multa deUF 200.000 (US$ 8 millones aproximadamente)-, donde plantea que no podían conocer la existencia del esquema descrito, la SVS resaltó que "la falta de fundamento exhibida (...) las hacen improcedentes, no siendo posible referirse a las mismas".

Y aseguró que respecto al análisis planteado -donde sostienen que el patrón identificado en la resolución se limitaría los precios de los remates en los que participaban Oro Blanco o Pampa Calichera- "no se encuentran antecedentes suficientes para desacreditar el sentido de la resolución, toda vez que nuevamente su análisis es sesgado".

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