Hacienda presenta indicaciones a reforma tributaria: 8 claves de los cambios que tendrá el proyecto

Hacienda presenta indicaciones a reforma tributaria: 8 claves de los cambios que tendrá el proyecto
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(Foto: Agencia Uno) El ministro Arenas remarcó que la recaudación de 3 puntos del PIB está "plenamente garantizada", y aseguró que se recaudará en régimen US$8.300 millones, US$100 millones más de lo planteado inicialement.

 

Un mes después de la firma del protocolo de acuerdo, el ministro de Hacienda, Alberto Arenas, anunció este sábado finalmente las indicaciones al proyecto de reforma tributaria. Y aseguró que la recaudación de 3 puntos del PIB está "plenamente garantizada".

"Vamos a estar recaudando en régimen US$8.300 millones", resaltó el secretario de Estado. Un aumento de US$100 millones respecto de lo anunciado inicialmente, lo que proviene, detalló, entre otras materias de las modificaciones al Impuesto a la Renta. Esto ya que el sistema de renta atribuida aportaba 1,39 puntos del PIB, y en la combinación con el sistema semi-integrado aporta 1,45 puntos del PIB.

En cuanto, al cronograma de la iniciativa, reiteró que el proyecto será votado en particular el próximo martes en la comisión de Hacienda del Senado, para que la semana siguiente sea visto en Sala.

Además, remarcó que existe un acuerdo con el presidente de la Cámara, Aldo Cornejo, y los jefes de bancada de la Nueva Mayoría para que en los primeros 10 días de septiembre la reforma tributaria sea despachada. "Por tanto podremos enviar el proyecto de ley de Presupuesto del sector público a fines de septiembre con todos los recursos que significan", añadió.

Los principales cambios

1. Sistemas

El secretario de Estado explicó que los contribuyentes podrán optar entre el sistema integrado o semi-integrado , y detalló que habrá normas de control para la interacción entre uno y otro. Los contribuyentes deberán estar al menos cinco años en cada sistema escogido y deberán pagar impuestos pendientes antes de cambiarse.

Sobre el FUT, el ministro recalcó que éste se cierra tal como se había reiterado en distintas ocasiones. Y detalló que algunos de los cambios que implican el término de éste son el fin de "los retiros para reinvertir dentro de veinte días" o los "retiros en exceso".

2. Reinversión de utilidades

Arenas explicó que también se incorporan resguardos frente al uso de las utilidades con el fin de eludir impuestos, pero aclaró que "estas normas no buscan limitar la inversión de las empresas, sino impedir que las utilidades sean empleadas como mecanismos para no pagar impuestos".

Al respecto, sostuvo que las nuevas normas de control proveerán criterios para sancionar con la cláusula general anti-elusión cuando las empresas busquen diferir o disminuir la tributación de sus dueños. Mientras que en el caso de las empresas que inviertan en el extranjero, deberán informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) de manera detallada, el destino, monto y tipo de las inversiones realizadas, sujetas a sanciones y tributación.

3. Anti-elusión

El ministro sostuvo que un conjunto de indicaciones regularán la aplicación de la norma general anti-elusión. Ésta establece los criterios para distinguir el uso legítimo de las utilidades para invertir y ahorrar, de aquél que es elusivo. Esta norma se aplicará tanto a los contribuyentes del sistema atribuido como del sistema semi-integrado y se aplicará tanto a nivel internacional como local.

En esa línea, destacó que "estamos estableciendo reglas tributarias claras", y agregó que "empresas y personas ahora saben a qué atenerse". Por lo que hizo un llamado a interiorizarse de las reglas y beneficios que trae esta reforma.

4. Incentivos a la inversión

En esta materia, el secretario de Estado adelantó que se incorporan las modificaciones para incentivar la inversión de empresas hasta el tamaño de medianas (ventas hasta 100.000 UF). Y reiteró que las indicaciones incluyen restricciones y medidas de control para evitar que el incentivo se use para postergar los impuestos.

"Los contribuyentes no podrán poseer o explotar a cualquier título, derechos sociales, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos, acciones de sociedades anónimas, ni formar parte de contratos de asociación o cuentas en participación", dijo. "Sus ingresos provenientes de inversión en renta fija no podrán exceder el 10% del total de sus ingresos del ejercicio", agregó.

5. Beneficios a las pymes

Hacienda afirmó que las modificaciones al proyecto crean un "estatuto pyme" en materia tributaria.  Entre éstas se destacaron la ampliación del régimen simplificado del artículo 14 Ter, pasando de empresas con 25.000 UF de ventas al año hasta 50.000 UF.

En tanto, se detalló que a partir del próximo año, estas empresas tributarán sólo por su flujo de caja. Y desde septiembre de 2015, tendrán 60 días más para pagar el IVA. Beneficio se hará extensivo además a las empresas medianas con ventas hasta 100.000 UF anuales.

También se eliminan los actuales regímenes especiales de los artículos 14 bis y 14 quáter. Las empresas acogidas a dichos sistemas tendrán hasta el 31 de diciembre de 2016 para cambiar de régimen tributario.

Sobre el mecanismo de renta presunta, el ministro explicó que se limitará el acceso, pero el 95% podrá mantenerse en él. Sin embargo, el 5% representa el 56% de la recaudación actual. Además, se implementarán 12 normas para evitar la elusión tributaria. Mientras que disminuirán los topes a 5.000 UF en el caso de Transporte, 9.000 UF en el caso de Agricultura y 17.000 UF en el caso de la Minería.

6. Viviendas

En materia de viviendas, Hacienda destacó que "la reforma tributaria protege a la clase media que ahorra a través de las viviendas". Para ello, se eleva de 100 UF a 225 UF por vivienda el tope para el crédito especial a la construcción, para un costo de construcción máximo de 2.000 UF. Mientras que ninguna vivienda con subsidio estatal tendrá IVA a segunda venta y se mantendrá la tasa de impuesto de timbres y estampillas para las viviendas DFL2.

Por otra parte, Arenas informó que se incorporan indicaciones sobre las ganancias de capital en bienes raíces que tienen por objeto focalizar su aplicación sólo en sectores de altos ingresos: todos los inmuebles adquiridos antes del 2004 se eximen de este gravamen, sólo las viviendas con ganancias superiores a 8.000 UF ($192 millones) pagarán impuestos, y en el caso de propiedades, el impuesto a la herencia constituirá crédito respecto del impuesto a la ganancia de capital.

7. Fortalecimiento del SII

"La reforma tributaria traerá un fortalecimiento y modernización del SII", aseguró el secretario de Estado. Sobre los tribunales aduaneros, sostuvo que "la ley les entregará la facultad de imperio, es decir, la capacidad de poder ejecutar sus sentencias". Y adelantó que durante el segundo semestre de este año se enviará un proyecto de ley que los fortalezca.

En tanto, en el último trimestre se enviará un proyecto de ley para el fortalecimiento del SII para que "pueda asumir con sus nuevos desafíos, principalmente enfrentar la evasión y la elusión", precisó.

Además, entre las nuevas subdirecciones del organismo que crea el proyecto habrá una que apoyará al contribuyente, especialmente a las pymes. Además, el SII creará una instancia de consulta pública en sus circulares y demás instrucciones de general aplicación a través de su sitio web.

8. Impuestos correctivos

En este punto, se detalló que se sube el impuesto al tabaco a través de un aumento de ocho veces del impuesto específico y la disminución a 30% del impuesto ad-valorem, lo que asegurará una "mayor recaudación". Además, se gravará de "mejor manera el consumo de cigarrillos, siguiendo el estándar de la Ocde y dejando a Chile entre los países más exigentes  en esta materia".

Sobre las bebidas analcohólicas se estipuló que todas tendrán un impuesto base de 10% y en el caso de las bebidas analcohólicas con azúcar adicionada la tasa aumentará a 18%. Mientras que en el caso, de las bebidas alcohólicas se precisó que se establece una tasa común de impuesto a vinos y cervezas de 21,5%.

En tanto, el pisco, whisky y ron si bien fueron presentados con una tasa de 33,5%, hecho que generó molestia al no concordar con lo acordado en el Senado, el senador DC, Jorge Pizarro, sostuvo que luego de comunicarse con el ministro Alberto Arenas, el ministerio de Hacienda rectificó y le aseguró que el impuesto quedará en 31,5%.

Las compensaciones

Según explicó el ministro Arenas, las distintas medidas señaladas tendrán un "impacto en la recaudación fiscal", por lo que se previó compensar dicho efecto con una serie de medidas que permitan mantener meta de recaudación.

Entra éstas mencionó:

- Eliminar el beneficio transitorio de depreciación instantánea para empresas grandes.

- Incorporar al proyecto dos programas de trazabilidad fiscal destinado a controlar la aplicación de los impuestos específicos a ciertos bienes gravados. "La iniciativa consiste, principalmente, en implementar una plataforma de trazabilidad fiscal estableciendo las normas regulación de los productos y mejorar los controles a través de ésta para reducir la evasión asociada al contrabando", añadió.

- Se incluye la creación de una ventana por un año que permitirá anticipar el pago de impuestos por las utilidades acumuladas en el FUT histórico a tasa especial.

Otras áreas

Además, en otras áreas, el secretario de Estado, aseguró que en el caso de los bomberos, se exime el impuesto al valor agregado y de los derechos aduaneros a la importación de carros bombas y otros vehículos especializados, equipamiento y materiales de rescate que realice la Junta Nacional de Bomberos y los Cuerpos de Bomberos de Chile.

En tanto, que las zonas extremas y zonas francas mantendrán sus tratamientos tributarios, con sus beneficios tributarios diferenciados.

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