SEC formula cargos contra Chilectra por cortes de servicio en Santiago tras temporal

SEC formula cargos contra Chilectra por cortes de servicio en Santiago tras temporal
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La empresa podría ser multada hasta por 10.000 Unidades Tributarias (UTA).

La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) formuló esta tarde cargos contra la empresa CHILECTRA, la que habría incumplido dos aspectos fundamentales de la normativa vigente: “reponer oportunamente el suministro eléctrico cuando éste se interrumpe y el disponer de canales de atención adecuados para que sus clientes puedan presentar sus reclamos”, aseguraron desde el organismo fiscalizador. 


 


Dependiendo del mérito de la investigación, la empresa podría ser multada por hasta 10 mil Unidades Tributarias (UTA).


 


La SEC llegó a esta conclusión, luego de la investigación originada a raíz de la extensión de los cortes de suministro que se han producido en algunas comunas de la Región Metropolitana, y que “mantuvo a cientos de familias capitalinas sin suministro por, incluso, más de 48 horas”, agregan.


 


La indagación entonces, permitió comprobar que han existido demoras en la reposición del suministro que “no se ajustarían a los tiempos indicados por la norma”, ya que las empresas que distribuyen en zona urbana, tienen la obligación de concurrir al origen de la falla, durante las  dos primeras horas, para iniciar, inmediatamente, la reparación de ésta.


 


En el texto de la formulación de cargos se señala que “personal de la empresa concurre al lugar de las denuncias en un plazo superior a las dos horas establecidas por norma, y que la información entregada a sus usuarios fue nula o deficiente por parte de la empresa eléctrica”.


 


El trabajo de los fiscalizadores SEC permitió, además, verificar que los canales de atención de público de CHILECTRA no funcionaron adecuadamente. La entidad explica que “el Call Center de la empresa no se encontraba disponible, o bien, presentaba una grabación que señalaba que se encontraban realizando trabajos, sin permitir que los usuarios pudieran ingresar sus respectivos reclamos”, indican. 


 


Por su parte el superintendente de la SEC, Luis Ávila Bravo, sostuvo que “los usuarios tienen derecho a recibir por parte de las distribuidoras, un suministro eléctrico continuo y seguro. Asimismo, tienen derecho a que las empresas cumplan con su obligación de responder oportunamente ante los cortes de energía que afectan a sus clientes”, considera.


 


El titular del organismo agregó que “no es aceptable que se hable de casos ‘rezagados’ o ‘puntuales’, cuando se trata de usuarios que llevan incluso más de 48 horas sin recibir la atención necesaria para la restitución del suministro. Para la SEC no hay casos ‘puntuales’, sino familias que permanecen sin energía eléctrica, lo que no es aceptable desde ningún punto de vista”.


 


Finalmente, en cuanto a eventuales compensaciones, el titular de la SEC señaló que “todos los cortes de energía que no obedecen a fuerza mayor o que no han sido autorizados y debidamente informados a los clientes, deben ser compensados de forma íntegra. Se trata de compensaciones automáticas, las que deben realizar las distribuidoras, conforme a lo establecido en la normativa vigente”.


 

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