El superintendente afirmó que esto se hace con el fin de que las aseguradoras tengan un indicador referencial, más conocido como IPC de la Salud, que consideren al momento de reajustar los precios de los planes.
El IPC de la Salud se elaboró a partir de las prestaciones de carácter curativo definidas en el arancel Fonasa Modalidad Libre Elección (MLE), que en su conjunto representan un 90% del total bonificado, es decir, el costo para las isapres, tanto en ambulatorio y como en hospitalario.
Respecto de la primera modalidad, se consideraron 105 prestaciones, tales como las consultas médicas de especialidades, electivas, de neurólogo, neurocirujano, psicólogo clínico (sesiones de 45) y la ecotomografía abdominal, entre otras. Mientras que en las prestaciones hospitalarias fueron 186, como por ejemplo, el día cama de hospitalización medicina y especialidades, día cama hospitalización adulto en unidad de tratamiento, derecho a pabellón y día cama hospitalización adulto en unidad de cuidado.