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Corte rechaza recurso de protección contra instructivos de inclusión de menores trans

Corte rechaza recurso de protección contra instructivos de inclusión de menores trans
Tomás Dodds
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La Corte de Apelaciones de Santiago señaló que la Superintendencia de Educación no solo actuó "racionalmente", sino que también "acorde con la realidad actual que nuestra sociedad exige en el respeto de estos derechos".

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de protección presentado por un grupo de padres y apoderados en contra de la Superintendencia de Educación por la difusión de manuales de inclusión de niños y niñas transexuales en establecimientos educacionales.

En un fallo unánime, la Undécima Sala del tribunal de alzada descartó que el organismo actuara arbitrariamente y agregó que "existe un deber de los órganos del Estado, entre éstos, la Superintendencia de Educación, de promover y respetar los derechos fundamentales que emanan de la naturaleza humana y que, dentro de estos derechos podemos encontrar (...) la debida protección de las personas contra tratos discriminatorios basados en su orientación sexual e identidad de género".

El debate se dio luego que el Mineduc difundiera el instructivo "Derechos de Niñas, Niños y Estudiantes Trans Materia de Educación" y el documento "Orientaciones para la Inclusión de personas Gay, Lesbianas, Bisexuales, Trans e Intersex en el Sistema Educativo Chileno", que entre otras cosas buscaban disminuir la violencia y discriminación contra niños y niñas transexuales en los colegios chilenos. 

Los padres y apoderados de las localidades de Cañete, Lebu, Arauco, Hualpén y Contulmo, que presentaron el recursos de protección en nombre de sus hijos, argumentaban que los materiales producidos por la superintendencia eran ilegales por "violentar el derecho a la libertad de conciencia" de los niños, niñas y estudiantes pertenecientes al sistema educativo chileno y porque el ministerio se había "excedido" en sus facultades.

Sin embargo, el fallo de la Corte fue más allá y agregó que es la decisión de las autoridades "resulta plenamente racional y acorde con la realidad actual que nuestra sociedad exige en el respeto de estos derechos y en la prohibición de toda forma de discriminación en contra de las personas, cualquiera sea su condición". 

El presidente ejecutivo de Fundación Iguales, Juan Enrique Pi, señaló que "el fallo de la Corte está en línea con las obligaciones internacionales que el Estado chileno ha asumido sobre el respeto y promoción de los derechos humanos de todas las personas, sin distinción. En ese sentido, celebramos nuevamente la circular de la Superintendencia, y el contundente respaldo que le ha dado la Justicia chilena".

Isabel Amor, directora de educación de la misma fundación, agrega que "hoy la Corte ha respaldado a nuestros niños, niñas y adolescentes trans y a su derecho de ser educados. Es una señal en la dirección correcta para todos/as quienes creemos en un país que no solo asegure la educación de su juventud, sino que  forme ciudadanos para un país cada vez más diverso". 

Para el dirigente del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Rolando Jiménez, “con este fallo triunfó la igualad y la no discriminación en el sistema educacional chileno, al tiempo que fracasó una estrategia legal de odio de un grupo de personas que manipuladas por supuestos pastores buscaban negar derechos a niños y niñas en razón de su orientación sexual o identidad de género”.

Además, este fallo se da a conocer la misma semana en que un grupo de ministros de la Corte Suprema presentaron un informe sobre el proyecto de ley de adopción de menores por parejas del mismo sexo en donde señalan que éste "busca terminar con la discriminación estructural que sufren las familias formadas por parejas homosexuales, y que afecta todas sus interacciones con la sociedad; en tanto el matrimonio no es, ni ha sido jamás, una simple regulación de la propiedad, la herencia y la procreación".

Los ministros también señalaron que el proyecto de matrimonio igualitario "termina con discriminaciones odiosas que, sustentadas en prejuicios y arbitrariedades, actualmente impiden que estas personas adquieran el vínculo matrimonial". 

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