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Bono por hijo: ¿Cómo cobrar el beneficio?

Bono por hijo: ¿Cómo cobrar el beneficio?
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Para poder acceder al subsidio estatal se deben cumplir una serie de requisitos ¿Cuáles son?
Revisa todos los detalles en esta nota.




En marzo de este año, el Instituto de Previsión Social (IPS) informó los nuevos montos 2018 de varios beneficios sociales, entre ellos el Bono por hijo, que consiste en un subsidio estatal que aumenta el monto de la pensión de la mujer por cada hijo que tenga, sea biológico o adoptado.

Su monto varía de acuerdo a determinados factores que en esta nota explicamos. Sin embargo, el IPS detalló que este año su valor fluctúa entre $297.000 y $547.073 aproximadamente por hijo.

Desde el IPS destacan que el bono no se entrega en dinero efectivo de una sola vez, sino que es un aporte que se deposita en la cuenta previsional, o se adiciona en montos parciales junto a la pensión, según sea el caso, lo que permite mejorar el monto final de las pensiones. 

La solicitud se puede realizar durante todo el año, en cualquier sucursal del IPS, AFP o compañía de seguros, según corresponda, al cumplir la mujer los 65 años de edad.

Pero ¿cómo se cobra este beneficio? 

Este es el paso a paso:

  • Reúna los documentos requeridos: Cédula de identidad vigente y poder notarial (si el trámite es realizado por un apoderado).
  • Diríjase a la institución previsional a la que está afiliado (AFP) o al punto de atención IPS-ChileAtiende más cercano.
  • Explique el motivo de su visita: solicitar el Bono por Hijo.
  • Muestre los documentos requeridos
  • Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio Bono por Hijo. En el IPS le entregarán un comprobante de su solicitud.

Posteriormente, el Instituto de Previsión Social (IPS) emitirá una resolución que concede o rechaza el beneficio. Ésta deberá ser retirada en persona o por un representante legal en los puntos de atención IPS-ChileAtiende.

¿Quiénes pueden recibir el Bono por hijo?

Tienen derecho las mujeres con hijos nacidos vivos o adoptados, pensionadas desde el 1 de julio de 2009 en adelante, y que cumplan con alguna de las siguientes condiciones:

  1.  Estar afiliadas a una AFP, sin pertenecer a otro sistema previsional en forma simultánea.
  2.  Ser beneficiaria de Pensión Básica Solidaria de Vejez.
  3.  Recibir una pensión de viudez (sobrevivencia) del IPS o de las AFP, sin estar afiliadas a un régimen previsional, siempre que además tengan derecho a Aporte Previsional Solidario.

Además de lo indicado, para pedir el beneficio deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener o haber tenido al menos un hijo nacido vivo o adoptado.
  •  Tener 65 años de edad cumplidos.
  •  Acreditar 20 años de residencia en Chile, y haber vivido en el país al menos, 4 de los últimos 5 años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud del bono.
  • Las mujeres pensionadas de las ex Cajas (hoy agrupadas en el IPS) no están contempladas en la Ley como beneficiarias con derecho a este Bono.

 

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