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Las penas que arriesgan los culpables del incendio que provocó la muerte del guardia en Valparaíso

Las penas que arriesgan los culpables del incendio que provocó la muerte del guardia en Valparaíso
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El fiscal regional de Valparaíso advirtió que un incendio con resultado de muerte es uno de los “hechos más graves de nuestra legislación penal”.

A raíz de los serios incidentes que se registraron en el centro Valparaíso tras la marcha del 21 de  mayo, falleció una persona asfixiada por el humo del incendio que afectó a un edificio en Av. Pedro Montt.

Se trata de Eduardo Lara Tapia, guardia municipal que cuidaba uno de los edificios que resultó dañado luego de las barricadas y saqueos perpetrados por encapuchados en el lugar. 

El fiscal regional, Cristián Andrade señaló que aún están pendientes los peritajes respectivos para dar cuenta de la causa específica de la muerte del nochero.

Sin embargo, según apuntan los antecedentes preliminares, “estamos en presencia de un (delito de) incendio con resultado de muerte, por lo tanto estamos hablando de uno de los hechos más graves que contempla nuestra legislación penal”, agregó Andrade.

Las imágenes más impactantes de los incidentes tras la marcha del 21 de mayo

Según estipula el Código Penal, en el artículo 474, en su apartado de penas por “incendio y otros estragos”, quienes incendien un edificio, “causando la muerte de una o más personas cuya presencia allí pudo prever, será castigado con presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo”.

Esto significa que las personas que resulten culpables del incendio, arriesgan penas de cárcel que van desde 15 años y un día hasta el presidio perpetuo. 

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