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[VIDEO] Metro aclara que sí se pueden tomar fotografías en sus estaciones tras incidente

[VIDEO] Metro aclara que sí se pueden tomar fotografías en sus estaciones tras incidente
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Según indicó la empresa en un comunicado, "sólo se requiere autorización cuando ello sea para fines comerciales o publicitarios".

Con la solicitud de despido de la funcionaria involucrada el Metro cerró el incidente ocurrido el pasado miércoles en estación Cal y Canto en el que una pasajera acusó haber sido maltratada al interior de la red subterránea luego de tomarle una fotografía a una trabajadora que le respondió de manera grosera cuando le pidió ayudar a una persona no vidente.

Sin embargo, el hecho también generó dudas sobre la prohibición que existe para tomar fotografías al interior de la red de transporte subterránao, ya que esa habría sido la razón que adujeron los trabajadores de la empresa para retener a la pasajera identificada como Romina Muñoz.

Al respecto, el Metro de Santiago emitió un comunicado donde además de confirmar la solicitud de desvinculación de la funcionaria a la empresa contratista para la que trabaja, aclaró el tema de las fotografías dentro de su red.

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"En cuanto a la posibilidad de tomar fotografías dentro de la red de Metro, la empresa reitera que no existe restricción para que los pasajeros puedan hacerlo", aseguraron desde Metro.

De todas maneras, precisaron que "sólo se requiere autorización cuando ello sea para fines comerciales o publicitarios".

¿Qué dice la ley?

La duda había surgido debido al decreto 910 que "Aprueba reglamento para el transporte y tránsito de personas en Red de Metro", que fue publicado el 15 de septiembre de 1975 y que la propia empresa destaca en su sitio web.

Qué dice el decreto de Metro que prohíbe tomar fotos y qué multas fija

El debate no es nuevo, pero volvió a tomarse las redes sociales luego de la denuncia de una mujer que acusa a los guardias de Metro de haberla maltratado por haber tomado una foto en la estación Cal y Canto de la Línea 2.

En específico, el artículo 21° de dicha legislación prohíbe "a toda persona" el acto de "tomar vistas fotográficas, cinematográficas o televisivas, de cualquier instalación (fija o móvil) o de los recintos de la Red de Metro, sin autorización escrita de la Dirección General de Metro".

Asimismo, el artículo agrega que "se prohíbe, asimismo, la reproducción, publicación o comercialización de dicho material, salvo que éste constituya parte de una noticia inserta en diarios, periódicos, revistas de ordinaria circulación o programas de televisión"

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