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[VIDEO] Gobierno y reclamos de independientes por Operación Renta: "No va a haber doble cotización"

[VIDEO] Gobierno y reclamos de independientes por Operación Renta: "No va a haber doble cotización"
T13
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La subsecretaria de Previsión Social, María José Zaldívar, explicó en T13 Tarde cómo funcionarán las cotizaciones independientes con la nueva ley.

Este 1 de abril comenzó la Operación Renta del SII, y con ello el debut de la ley que obliga a cotizar a todos los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios. 

Sin embargo, no es lo que algunos trabajadores independientes esperaban en términos de esa devolución porque el Servicio de Impuestos Internos está haciendo una especie de provisión para garantizar las cotizaciones del próximo año, es decir desde julio de este año hasta junio del año 2020.

Anteriormente, se había dicho que todos aquellos cotizantes independientes, que igual hubieran cumplido con sus pagos a Isapres, AFP, etc., no se les iba a descontar del 10% de la boleta.

En medio de esto, han sido cientos los usuarios que han acusado en redes sociales una "doble cotización". 

¿Qué dice el gobierno al respecto?

La subsecretaria de Previsión Social, María José Zaldívar, explicó en T13 Tarde, que "no va a haber doble cotización". 

Zaldívar aseguró que "eso es lo mismo que ocurre hoy en día con un trabajador dependiente que tiene más de un empleador y, que cada empleador, está obligado a descontarle el 7% para salud. Hoy en día las Isapres hacen estas devoluciones que son devoluciones en exceso y por lo tanto seguiría exactamente la misma regla". 

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En ese sentido, señaló que solo están obligados a cotizar aquellos trabajadores que emiten boletas de honorarios cuyo monto total en un año es un millón cuatrocientos cuarenta mil. Por lo que si se emite una boleta por un monto inferior, no se estará obligado a cotizar. 

"Lo importante es que el SII cuando hace la propuesta tiene todos estos datos entonces el SII le va a decir a usted si se encuentra obligado a cotizar o si usted no se encuentra obligado a cotizar". 

Y agregó: "Quiero aclarar que no va a haber doble cotización, en ningún caso el trabajador va a tener que pagar dos veces por la misma cosa y eso quiero que sea una tranquilidad para todos los trabajadores que emiten boletas de honorarios". 

[LEE TAMBIÉN]: SII: Cómo funciona la cotización obligatoria para trabajadores independientes en la Operación Renta

De acuerdo a Zaldívar, lo que esta norma buscó fue corregir lo que ocurría anteriormente. "En la ley anterior si yo no había pagado mes a mes mis cotizaciones previsionales, lo que correspondía es que el SII tomara la totalidad de mi devolución de impuestos y pagara toda la deuda del año anterior, lo que no me daba derecho a ninguna cobertura".

Lo que se hizo entonces fue modificar la ley a fin de que "yo con cargo a mi devolución de impuestos comprara cobertura efectiva y de esta manera yo durante julio de 2019 hasta junio del año 2020 no tenga que ir mes a mes a pagar mi Isapre, ni tampoco mi seguro de invalidez y sobrevivencia, ni mi mutual en caso de la ley de accidentes del trabajo, tampoco la ley sanna, y tenga la totalidad de la cobertura de todos estos regímenes".  

La autoridad explicó además, que usaron el mismo mecanismo de la ley anterior que consiste en que "el SII hace la retención, yo tengo que optar entre destinar el 10% completo de mi devolución de impuestos y si quiero optar por la modalidad parcial voy a destinar solamente un 3%, me van a devolver un 7% el día 23 de abril o la otra fecha si es que yo declaro con posterioridad". 

Luego, estos recursos el SII los deriva a la Tesorería General de la República, quien tiene un listado en el que figura el nombre de cada una de las instituciones de previsión social en el cual ese trabajador se encuentra afiliado, y va a ser Tesorería quien va a depositar estos recursos en cada una de las entidades.

La recomendación, explicó Zaldívar, es seguir pagando la cotización mensual de Isapre hasta el 1 de julio.  A partir de esa fecha, se comenzará a pagar con cargo a la devolución de impuestos. 

"Si yo tengo contratado un plan que en UF es superior a un 7%, pues bien voy a tener que entonces yo pagar la diferencia mensual ante mi Isapre y mi Isapre me lo va a cobrar de la manera convenida", señaló Zaldívar.