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Terremoto: Habrá excepciones en feriado irrenunciable en zonas de catástrofe

Terremoto: Habrá excepciones en feriado irrenunciable en zonas de catástrofe
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La ministra del Trabajo estableció una serie de medidas. La jornada del jueves se podrá extender hasta las 21.00.

Una serie de cambios en la normativa sobre el feriado irrenunciable del 18 y 19 de septiembre anunció el Ministerio del Trabajo, medidas que sólo se aplicarán en las zonas decretadas como de catástrofe por el terremoto 8,4 Richter que azotó ayer miércoles al país.

A través de un comunicado, la cartera liderada por Ximena Rincón aclara que "sin perjuicio" de que ambos días son feriado irrenunciable, se establecen los siguientes criterios de excepción, a fin de contar con abastecimiento adecuado en la región de Coquimbo: 

1) La jornada laboral correspondiente al día 17 de septiembre podrá exceder la jornada ordinaria de trabajo fijada hasta las 21:00 horas, en lo necesario para satisfacer estas necesidades básicas de abastecimiento de la población.

2) Aquellos lugares que no estén en condiciones de abrir en el día 17 de septiembre en razón del estado de sus instalaciones, se podrán organizar equipos de trabajadores estrictamente necesarios para realizar reparaciones indispensables durante los días 18 y/o 19 de septiembre, con el fin de estar en condiciones de abrir el día 20 de septiembre.

3) Según defina la autoridad a cargo del manejo de la emergencia en la zona se podrán organizar equipos de trabajo para abrir y atender público los días 18 y/o 19 de septiembre, en aquellos lugares declarados como zonas de catástrofe, siempre que la autoridad establezca la necesidad urgente de abastecimiento de productos básicos a la población.

4) En todos los casos en que los trabajadores deban laborar en horas o días de descanso obligatorio, estas deberán ser compensadas con días u horas de descanso o con el pago de las horas trabajadas como extraordinarias.

"Finalmente, cabe reiterar que todo empleador deberá garantizar, según lo dispone el artículo 184 del Código del Trabajo, condiciones de trabajo que no pongan en riesgo la vida o la integridad física del trabajador", indican en el comunicado. 

"En consecuencia, se deberá evaluar si las instalaciones de las empresas, talleres o pequeños locales comerciales situados en la zona de emergencia han quedado en condiciones de operar sin poner en riesgo la seguridad de los trabajadores. Asimismo, los empleadores deberán velar por el cumplimiento estricto de las normas de Higiene y Seguridad, especialmente las que dicen relación con las de evacuación de sus trabajadores y público en general", se agrega en el texto. 

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