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Tesorería anuncia plan de condonaciones de intereses y multas

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T13
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El tesorero general de la República, Hernán Frigolet, dijo que se beneficiarían cerca de 788 mil propiedades con deuda territorial y 539 mil deudores fiscales.

El próximo 1 de octubre, comenzará a regir un nuevo plan de convenios y condonaciones de intereses y multas.

El anuncio hecho por la Tesorería General de la ‎República, se da en el marco de la puesta en marcha de la reforma tributaria.

Tesorería anuncia plan de condonaciones de intereses y multas
Tesorería anuncia plan de condonaciones de intereses y multas

El plan contempla la ampliación de condonaciones de intereses y multas, para quienes tengan impuestos impagos, desde un 45% hasta un 70%.

Hernán Friogolett, tesorero general de la República, explicó que se pueden beneficiar con este nuevo plan cerca de 788 mil propiedades con deuda territorial y 539 mil deudores fiscales". 

Escenarios posibles (octubre-diciembre 2015)

La Tesorería podrá otorgar una condonación del 70% de los intereses y multas del artículo 97 N°2 y 97 N°11, ambos del Código Tributario, para los casos de pago al contado de deudas, independiente de la fecha de giro o vencimiento del impuesto y sin considerar el canal por medio del cual se realiza el pago. Lo anterior, con la finalidad de dar la debida difusión a los contribuyentes, respecto de las nuevas variables que se incorporarán en la nueva Política de Condonación. 

El mismo porcentaje de condonación se otorgará durante el plazo indicado, respecto de compensaciones y pagos fraccionados que se realicen con relación a aquellos tributos, independiente de la fecha de giro o vencimiento de la deuda y sin considerar el canal por medio del cual se realiza el pago.

Para el caso de convenios de pago que aborden la totalidad de la deuda tributaria asociada a un ROL (Impuesto Territorial) o RUT (otros impuestos), se otorgará una condonación del 60%, independiente de la fecha de giro o vencimiento de la deuda y sin considerar el canal por medio del cual se celebra el convenio de pago.

Finalmente, en el caso de convenios de pago parciales, el porcentaje de condonación a otorgar será de un 50%, independiente de la fecha de giro o vencimiento de la deuda y sin considerar el canal por medio del cual se celebra el convenio de pago.

Es importante destacar -señala el Tesorero General- que el beneficio de condonación de recargos legales está sujeto a que el contribuyente no presente exclusiones de parte del Servicio de Impuestos Internos (SII).

Potenciales beneficiarios

Deudores de Impuestos Fiscales con Derecho a Condonación

 

Clasificación

N° Deudores

Saldos Netos ($)

 

Gran Empresa

5.418

258.693.236.254

 

Mediana Empresa

9.058

204.311.973.714

 

Micro Empresa

276.913

1.414.596.431.212

 

Pequeña empresa

45.361

363.398.626.510

 

Persona

92.653

226.577.418.363

 

Sin Información

109.819

117.952.390.370

 

Total

539.222

2.585.530.076.423

 
       

POTENCIALES BENEFICIARIOS TERRITORIAL

     

Propiedades con deudas por Impuesto Territorial

 

Clasificación

N° Roles

Saldo Netos

 

Total

788.746

$ 264.136.967.578

 

Revisa las opciones de pago para los contribuyentes

EJEMPLO A : IMPUESTO TERRITORIAL (contribuciones)

EJEMPLO B : IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

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