Política

Vocales de mesa: las causales válidas para excusarse de las primarias presidenciales

Vocales de mesa: las causales válidas para excusarse de las primarias presidenciales
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Quienes fueron seleccionados deberán cumplir su labor cívica independiente de si deciden votar o no. Y ojo: existen multas de hasta $318.000.

Para las elecciones primarias del próximo 2 de julio, el Servicio Electoral (Servel) convocó 71.640 vocales de mesa para cubrir las más de 14 mil mesas de sufragio que se instalarán en todo Chile.

Quienes fueron seleccionados deberán cumplir su labor cívica independiente de si deciden votar o no. 

Sin embargo, existe una serie de causales de excusa que dejan exentos a los vocales designados de trabajar ese día. 

Vocales de mesa: Revisa si fuiste seleccionado para ejercer este rol en las primarias 2017

El Servel dio a conocer la nómina de vocales de mesa para las elecciones primarias del próximo 2 de julio, tanto en Chile como en el extranjero. Como vocal de mesa se conoce al ciudadano designado por la Junta Electoral para cumplir la función de recibir los votos que emitan los electores y de realizar el primer escrutinio, entre otras funciones que encomienda la Ley N° 18.700.


Estas son las únicas causales que reconoce el Servel

  • Estar ausente del país o encontrarse a más de 300 Km. del lugar de votación o en un lugar cuyas comunicaciones no sean expeditas.
  • Tener más de 70 años.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios los días de la elección
  • Desempeñar en los mismos días y horas otras funciones que encomiende la Ley Nº 18.700.
  • Estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las seis semanas previas al parto y hasta veinticuatro semanas siguientes a éste, circunstancia que deberá acreditarse mediante certificado médico, o con la documentación que acredite estar recibiendo el subsidio a que se refiere el artículo 198 del Código del Trabajo.

Vocales de mesa: Las causales válidas para excusarse de las primarias
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¿Qué ocurre si no concurro a ser vocal de mesa?

Las personas designadas como vocales o miembros de Colegios Escrutadores, que no concurran a desempeñar sus funciones, incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 U.T.M., es decir, aproximadamente entre $ 93.480.- y $ 373.920.- (artículo 138 de la Ley Nº 18.700).

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