Política

Voto chileno en el exterior debutará en las elecciones presidenciales de 2017

Voto chileno en el exterior debutará en las elecciones presidenciales de 2017
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La ley fue promulgada este viernes y para participar, los interesados tendrán que inscribirse —por única vez— en cada consulado.

Este viernes fue promulgada la ley que permite el voto de chilenos en el exterior, que finalmente debutará en las elecciones presidenciales que se desarrollarán en noviembre de 2017.

En la actividad realizada en La Moneda, la Presidenta Michelle Bachelet dijo que por este motivo, "las próximas elecciones presidenciales nos encontrarán en un nivel mayor de madurez y plenitud democrática".

En esa línea, hizo un llamado para concurrir a votar, ya que a su juicio, "tenemos una oportunidad histórica para cumplir con nuestro deber cívico en condiciones de mayor respeto".

"Espero que el anhelo de votar sea también el anhelo de los millones de chilenos/as que vivimos en nuestro país", añadió.

De acuerdo a los cálculos del gobierno, la ley permitirá el voto de unos 450 mil chilenos que residen fuera del territorio.

¿Cómo funcionará la ley?

Para participar de este proceso, los chilenos en el extranjero que deseen ejercer su derecho a sufragio deberán inscribirse sólo una vez para indicar su domicilio electoral en el extranjero. Si cambian de domicilio, tendrán que hacer el trámite nuevamente.

La inscripción se podrá realizar ante el consulado respectivo o ante la Jefatura Nacional de Extranjería y Policía Internacional al momento de entrar o salir del país.

El proceso eleccionario se efectuará en papeletas oficiales de forma tradicional, y será el mismo día y en el mismo horario fijado para el proceso eleccionario en Chile, ajustado al huso horario del respectivo país. Podrán votar en las elecciones presidenciales -y sus respectivas primarias- además de plebiscitos.

Cada país que cuente con un consulado de Chile, contará también con una Junta Electoral, que será presidida por el respectivo cónsul e integrada, además, por otro funcionario del Servicio Exterior, que tendrá la función de secretario. Corresponderán al cónsul todas las funciones de delegado electoral.

Del padrón de chilenos en el extranjero, la Junta Electoral correspondiente - el consulado de cada país- elegirá a tres vocales para constituir cada una de las mesas receptoras de sufragios.

Por otro lado, la ley perseguirá y sancionará los delitos y faltas electorales que se cometan en el extranjero.

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