Corte Suprema rechaza recursos presentados por Martín Larraín y Víctor Montoya

Corte Suprema rechaza recursos presentados por Martín Larraín y Víctor Montoya
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(Foto: A.Uno) El máximo tribunal declaró inadmisibles las acciones solicitadas por las defensas de ambos.

 

La Corte Suprema se pronunció hoy sobre los casos de Víctor Montoya y Martín Larraín, luego de que ambos presentaran por medio de sus equipos de defensa, recursos de queja ante las resoluciones emitidas por la Corte de Apelaciones de san Miguel y la de Talca, respectivamente. 

Según detalló la web del Poder Judicial, "en el primer caso (causa rol 24185-2014), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por  los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch y Carlos Künsemüller; además de los abogados integrantes Luis Bates y Ricardo Peralta- rechazó el recurso de queja presentado en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de San Miguel que anuló la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto que absolvió a Víctor Hugo Montoya".

Agregan que el fallo señala que "en el presente caso, la falta o abuso denunciada se habría cometido en la resolución dictada por los Ministras de la Corte de Apelaciones de San Miguel, sras. Elgarrista Álvarez, Díaz Zamora y Espina Otero, que acoge el recurso de nulidad impetrado por el Ministerio Público, declarando nulos el juicio y la sentencia dictada en éste, por el que se absolvió al quejoso Víctor Montoya Encina, ordenando la celebración de un nuevo juicio oral".
 
"Que la decisión cuestionada no comparte la naturaleza de aquellas que hacen procedente el recurso de queja, desde que no es una sentencia definitiva ni interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación, pues la decisión invalidatoria precisamente conlleva la realización de un nuevo juicio oral", agrega. 
 
Sobre la situación de Larraín, se precisa que "en el presente caso, la falta o abuso denunciada se habría cometido en la resolución de la Corte de Apelaciones de Talca que acoge el recurso de nulidad impetrado por el Ministerio Público, declarando nulos el juicio y la sentencia dictada en éste, ordenando la celebración de un nuevo juicio oral. Que la decisión cuestionada no comparte la naturaleza de aquellas que hacen procedente el recurso de queja, desde que no es una sentencia definitiva ni interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación, pues la decisión invalidatoria precisamente conlleva la realización de un nuevo juicio oral".
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