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Este 1 de enero comienza a regir el nuevo sueldo mínimo de $250.000

Este 1 de enero comienza a regir el nuevo sueldo mínimo de $250.000
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Reajuste fue fijado por ley en julio de 2014 y además se establece que para trabajadores menores de 18 años llegará a los $186 mil.

Este 1 de enero de 2016 comienza a regir el nuevo sueldo mínimo, el que quedó establecido en julio de 2014 con la publicación en el Diario Oficial de la ley N° 20.763.

¿Qué quiere decir esto? Aquellos trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad recibirán $250.000. Los trabajadores menores de 18 años, en tanto, tendrán una remuneración de $186.631.

Finalmente, el sueldo mínimo que se emplea para fines no remuneracionales ha sido fijado en  $161.265.

¿Qué pagos mensuales no deben considerarse para enterar el valor del ingreso mínimo mensual?

En el ingreso mínimo no se consideran los pagos por horas extraordinarias, la asignación familiar legal, de movilización, de colación, de desgaste de herramientas, la asignación de pérdida de caja ni los beneficios en dinero que no se paguen mes a mes y los demás que proceda pagar al extinguirse la relación contractual o que constituyan devolución de gastos en que se incurra por causa del trabajo. Tampoco se imputarán al ingreso mínimo las cantidades que perciba el trabajador por concepto de gratificación legal, cualquiera que fuere su forma de pago.

¿Los trabajadores que están exceptuados del cumplimiento de la jornada de trabajo tienen derecho a percibir el sueldo mínimo?

Para que sea procedente que un dependiente perciba una remuneración inferior al ingreso mínimo mensual, es requisito necesario que exista una jornada parcial y que ésta, a su vez, exija que el dependiente registre su asistencia en el sistema de control de asistencia de la empresa. De esta manera, aun cuando el dependiente no tenga convenida una jornada laboral en su contrato por encontrarse en alguna de las situaciones previstas en el inciso 2° y siguientes del artículo 22 del Código del Trabajo, no puede percibir como remuneración un monto inferior al ingreso mínimo mensual.

Así funcionan los reajustes

 

Julio 2014
Julio 2015
Enero 2016
Sueldo mínimo
$225.000 $241.000 $250.000
Ingreso mínimo para mayores de 65 años y menores de 18
$167.968 $179.912 $186.631
Ingreso fines no remuneracionales
$145.139 $155.460  $161.265
 
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