Sobre la defensa del acusado, los jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar aseguraron en la instancia que "a los sentenciadores les pareció insuficiente, para introducir una duda razonable, los documentos aportados por la defensa, que dan cuenta de publicaciones en medios de comunicación social acerca de la perpetración de uno de los hechos y posterior detención de su defendido, dado que los mismos no fueron suficientes para justificar la influencia sicológica que estos hubieran producido en las víctimas y generado en ese sentido un reconocimiento inducido del acusado".
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