"Es a los tribunales chilenos a quienes corresponde conocer y juzgar los ilícitos por los que se requiere la extradición, dado que se trata de hechos acaecidos a partir del 11 de septiembre de 1973 y cuyo principio de ejecución se sitúa dentro del territorio de nuestro país", dice la sentencia de la jueza Rosa María Maggi.

De esta forma, la jueza integrante de la Corte Suprema determinó que no es procedente extraditar a los oficiales retirados Luis Ramírez Pineda, Emilio Sandoval Poo, Basclay Zapata Reyes, Manuel Contreras Sepúlveda, Pedro Espinoza Bravo, Gerardo Godoy García, Raúl Iturriaga Neumann, Miguel Krassnoff Martchentko, Marcelo Moren Brito y Rafael Ahumada Valderrama.

Otros dos condenados en el juicio en París, Enrique Arancibia Clavel y Herman Brady, murieron después de la sentencia.

Todos habían sido condenados en ausencia el 17 de diciembre de 2010 por el Tribunal en lo Criminal de París a penas que iban de 15 años de prisión a cadena perpetua.

El fallo de la jueza Maggi puede ser apelado ante la Sala penal de la Corte Suprema de Chile.

(Fuente: AFP)

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