A través de comunicados publicados en el sitio oficial de la ANFP, se dieron a conocer los castigos para las hinchadas de los equipos que protagonizaron incidentes en la última fecha del Apertura 2015. 

Partido Colo Colo - Santiago Wanderers

Con respecto al partido de albos y caturros, la ANFP publicó y resolvió lo siguiente. 

SE RESUELVE:

Atendido el mérito de lo expuesto en los considerandos del presente fallo y lo dispuesto en el artículo 63° de las Bases del Torneo de Primera División 2015-2016 y demás referidos, se sanciona al Club Santiago Wanderers y al Club Colo Colo a que en los próximos CUATRO partidos del Torneo Nacional de Primera División que les corresponda intervenir en calidad de local, cualquiera que sea el recinto deportivo en que sean programados dichos partidos, y una vez ejecutoriada la presente sentencia, deberán jugar con las galerías cerradas y sin público.

Tratándose, en lo especifico, del Estadio Monumental de Colo Colo, la medida se refiere  a las galerías denominadas “Arica” y “Magallanes”.

Respecto de la localía del Club Santiago Wanderers en el Estadio Elías Figueroa Brander de Valparaíso, la sanción se refiere a las galerías que colindan con la Escuela Naval y con la Universidad de Playa Ancha.

En todo caso, se establece que en cada uno de los partidos referidos, se podrá utilizar una de estas galerías para el ingreso de adherentes del respectivo club visitante, conforme la cantidad que la autoridad administrativa y/o el club local determinen para el club visitante.

Partido Universidad Católica vs. Audax Italiano

En tanto, con respecto a los incidentes entre cruzados e itálicos, la ANFP resolvió lo siguiente.

SE RESUELVE:

Archivar la causa en relación al club Club Deportivo Audax Italiano La Florida SADP,  dado a que no tiene responsabilidad alguna en los hechos denunciados, ya que no existe evidencia alguna de que sus hinchas hayan participado de los hechos descritos en autos. Además, como se ilustró en la audiencia, el club demostró haber tomado todas las medidas de seguridad que le fueron impuestas en cuanto al resguardo y planificación del evento. 

En cuanto al club Universidad Católica, atendido el mérito de lo expuesto en los considerandos del presente fallo y lo dispuesto en el artículo 63° de las Bases del Torneo de Primera División 2015-2016 y demás referidos, se sanciona al Club Universidad Católica a que en el próximo partido del Torneo Nacional de Primera División que le corresponda intervenir en calidad de local, cualquiera que sea el recinto deportivo en que sea programado dicho partido, y una vez ejecutoriada la presente sentencia, deberá jugar con las galerías cerradas y sin público.

Tratándose, en lo específico, del Estadio San Carlos de Apoquindo la medida se refiere  a las galerías denominadas Ignacio Prieto y Mario Lepe.

En todo caso, se establece que en el partido de suspensión referido, se podrá utilizar solo una de estas galerías para el ingreso de adherentes del club visitante, conforme la cantidad que la autoridad administrativa y/o el club local determinen para el club visitante.

REVISA EL COMUNICADO COMPLETO DE UC-AUDAX ITALIANO ACÁ

REVISA EL COMUNICADO COMPLETO DE COLO COLO-SANTIAGO WANDERERS ACÁ

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