Servicios como IPTV y los decodificadores que se vendían con una antena satelital, no podrán estar más en el mercado luego que este miércoles se publicara en el Diario Oficial la ley N° 18.168 General de Telecomunicaciones.

Normativa con la que se sanciona la decodificación ilegal de servicios limitados de televisión, por lo que quien distribuya o comercialice dispositivos, de alguna señal "adecuadamente protegida" recibirá multas monetarias. Misma suerte tendrán quienes utilicen importen, distribuyan o comercialicen "dispositivos tangibles o intangibles destinados a la decodificación de tales señales".

La ley considera multas entre 10 a las 1.000 UTM, además del decomiso de los artefactos que presten este servicio.

Para determinar el monto de las multas se considerarán tres factores: posible beneficio económico obtenido con la infracción, la capacidad económica del infractor y la conducta anterior del infractor.

Otros de los que pueden llegar a recibir un castigo por parte de la justicia, son quienes ofrezcan y realicen instalaciones de estos decodificadores ilegales.

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