Tras varias semanas de espera, el presidente Sebastián Piñera anunció ayer el esperado plan de subsidios al empleo, el cual tiene como objetivo incentivar el regreso y mantención de trabajadores suspendidos conforme a la Ley de Protección del Empleo (LPE) y, al mismo tiempo, fomentar la contratación de nuevos.

El detalle entregado en el marco de una ceremonia en La Moneda se trata de dos herramientas de ayuda estatal.

El primero se llama "Subsidio al Regreso", el cual consiste en un beneficio por hasta seis meses equivalente a $ 160.000 mensual por cada trabajador reincorporado por parte de una empresa que se haya acogido a la Ley de Protección del Empleo. O sea, que suspendió la relación laboral con su dotación debido a la pandemia.

El segundo, denominado "Subsidio a la Contratación", implicará -también por hasta seis meses- un pago equivalente al 50% de la remuneración mensual bruta, con tope de $ 250.000 mensuales por cada trabajador que sume a la planilla respecto a julio de 2020.

Y si el dependiente es mujer, mayor de 18 y menor de 24 años o tiene algún tipo de discapacidad, la cifra sube a 60% de la renta mensual bruta, con tope de $ 270.000 mensuales.

Los requisitos

Para acceder a estas herramientas, el Gobierno precisó que se deberán cumplir una serie de exigencias.

Las empresas que postulen al "Subsidio de Regreso" deberán haber experimentado una caída en sus ventas o ingresos brutos de al menos el 20% en abril-julio de este año frente al mismo cuatrimestre de 2019.

Además, se debe tratar de contribuyentes de impuesto de Primera Categoría, incluidas todas las firmas del Régimen PYME, en renta presunta, individuales; o de pequeños contribuyentes como pequeños comerciantes, artesanos y suplementeros, entre otros.

Como contraparte, los trabajadores deberán ser mayores de 18 años y tener una renta bruta mensual que no supere tres ingresos mínimos mensuales ($ 961.500).

Pero no es lo único: para postular a este subsidio de regreso también es requisito haber estado acogido a la suspensión de los efectos del contrato de la LPE bajo las siguientes reglas:

a) Que la suspensión se haya producido por un acto o declaración de autoridad, y debe haber estado vigente al menos un día entre el 25 de agosto y 25 de septiembre de 2020.

b) Si la suspensión se produjo por un pacto entre las partes, debe haber estado vigente al 25 de septiembre de 2020.

En el caso del subsidio a la contratación, califica el mismo tipo de empresas mencionadas en el caso anterior y lo mismo para la edad y renta mensual bruta del trabajador.

Eso sí, no puede haber trabajado en una compañía que sea parte del mismo grupo empresarial de la beneficiaria con posterioridad al 25 de septiembre de 2020.

Grandes empresas: reglas adicionales

Respecto de las empresas de más de 200 trabajadores, se establecen reglas especiales para acceder a los subsidios.

Así, no podrán repartir utilidades por sobre el porcentaje mínimo legal de 30% durante el ejercicio comercial en que reciba bonificaciones. De hacerlo, deberán reintegrar los montos percibidos.

En el caso del incentivo al regreso, deben mantener la afectación económica -caída de las ventas, por ejemplo- que les permitió acceder al beneficio, lo que Sence revisará a cada tres meses desde su primera postulación. De lo contrario, "se les terminarán las restantes bonificaciones".

En paralelo, se estableció que -junto con contratar trabajadores adicionales con respecto a julio-, tendrán que mantener al menos el 80% de los mismos trabajadores que integraron su planilla en el mes de su primera postulación al subsidio.

Las empresas podrán comenzar a postular al subsidio para el regreso desde hoy y al subsidio de contratación desde mañana. La fecha límite de postulación para ambos instrumentos es el 31 de marzo de 2021. Las postulaciones se realizarán en www.subsidioalempleo.cl.

Sence concederá los beneficios a la empresa postulante cuando constate que cumple con los requisitos y condiciones exigibles.

En línea con esto, los pagos del beneficio -también a cargo de Sence- se realizarán, a más tardar, dentro de los 30 días siguientes a verificar que cumplen con los requisitos. "Los pagos de los meses sucesivos se realizarán los últimos 5 días hábiles de cada mes".

DF CHECK

¿Cuánto tiempo durarán ambos subsidios?

Tanto el subsidio al regreso de los trabajadores suspendidos como el subsidio a la contratación tienen una vigencia por hasta seis meses. El proceso de postulación del primer subsidio comenzará hoy y del segundo mañana, hasta el 31 de marzo de 2021.

¿Cuándo se realizarán los pagos?

Si la empresa cumple con los requisitos y condiciones para acceder a los subsidios, Sence realizará los pagos dentro de los 30 días desde que se concede el beneficio. Los pagos de los meses sucesivos al del primer beneficio se realizará en los últimos cinco días hábiles de cada mes.

¿Cuándo puede postular la empresa al subsidio a la contratación?

En el caso de este subsidio, la empresa podrá postular respecto de trabajadores cuya antigüedad máxima en la compañía sea de tres meses (90 días corridos) contados a la fecha de postulación al beneficio.

¿Qué sucede si los trabajadores ya poseen los subsidios al Empleo Joven y Bono Trabajo?

No hay incompatibilidad entre estos subsidios para los trabajadores jóvenes o las mujeres, por lo que seguirán recibiendo estos si son beneficiarios, pese a que su empleador pueda recibir los subsidios Regresa o Contrata. Sin embargo, para las empresas la situación es distinta, porque si tiene trabajadores que reciben el SEJ y del BTM, la empresa no tendrá derecho a recibir la parte de aquellos subsidios que le correspondía desde la fecha en que recibe los subsidios regresa o contrata.

¿Cuál es el monto al que ascenderán los subsidios?

El subsidio al regreso será de $160.000 por cada trabajador. A la contratacion, será equivalente al 50% de la remuneración mensual bruta con tope de $250 mil por cada nueva persona. Para jóvenes entre 18 y 23 años, mujeres o personas con discapacidad, será igual al 60% del salario bruto, con tope superior de $270.000.

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