Pablo Cádiz y Flavia Cordella

192 páginas conforman el fallo del Tribunal Constitucional que objetó los requisitos fijados en la ley de presupuesto para determinar qué estudiantes ingresan o no a la gratuidad universitaria. 

Como se trata de un fallo extenso, en T13.cl te contaremos por parte de los aspectos que componen el dictamen que era esperado por el Ejecutivo para definir la ley corta que regulará el inicio de esta política pública para el 2016.

De hecho, hoy La Moneda anunció que la nueva fórmula para regular el inicio de la gratuidad contemplará la entrega de este beneficio para las universidades estatales "por derecho propio", mientras que para las universidades privadas -tanto del G9 como las que están fuera del Cruch- mediante requisitos como 4 años de acreditación y no lucro. 

"Diferencias injustificadas entre estudiantes vulnerables"

En el fallo el Tribunal hace hincapié en que “no tiene ninguna objeción al beneficio de financiamiento de los estudios otorgado a los jóvenes vulnerables que señala la glosa 05”.

Sin embargo, advierte que “lo que objeta esta Magistratura es que a dichos estudiantes vulnerables se les imponga para el goce de la gratuidad, consagrada en la Ley de Presupuestos, condiciones ajenas a su situación personal o académica, como es el hecho de encontrarse matriculados en determinadas universidades, centros de formación técnica o institutos profesionales, estableciendo una eventual exclusión respecto de aquellos”. 

“Es por tanto, la aplicación de tales exigencias referidas a las instituciones de educación superior de las cuales forman parte -según como está concebida por esa Glosa de la Ley de Presupuestos-, las que generan diferencias injustificadas entre estudiantes vulnerables que se encuentran en idéntica situación, lo que resulta contrario al principio de igualdad ante la ley y no discriminación arbitraria, consagrado artículo 19, N° 2°, de la Constitución”, agrega el fallo.

Incluso, se advierte que a los estudiantes “se les impone una fecha anterior a las reglas sobre gratuidad que les constriñe e imposibilita su voluntad para elegir el establecimiento de educación superior que tenga el beneficio buscado”. 

Por otro lado se advierte que para los estudiantes que han escogido instituciones que debido a los años exigidos de acreditación se les torna “físicamente imposible” seleccionar otra casa de estudios que sí contase con este reconocimiento.

Con esto el tribunal dice que “queda con mayor evidencia acreditada la discriminación a priori que se hace entre unos y otros estudiantes, que sin embargo, se encuentran en la misma condición socioeconómica”.

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