Una intensa ronda de alegatos protagonizaron Chile y Bolivia entre el 4 y el 8 de mayo en La Haya, Holanda.

Ambos países entregaron sus argumentos respecto del requerimiento interpuesto por nuestro país para que la Corte de La Haya se declare incompetente para pronunciarse sobre la demanda paceña, que pide obligar a La Moneda a negociar una salida al mar “con soberanía”.

A menos de 24 horas de que se conozca el fallo del tribunal, en T13 hacemos un repaso de los cuatro días de alegatos en la Corte. 

Chile y la “verdadera naturaleza” de la demanda de Bolivia

El encargado de abrir los fuegos fue el agente chileno Felipe Bulnes, quien advirtió que la demanda paceña "pone en tela de juicio la estabilidad de las fronteras, al buscar modificar un tratado de 110 años". 

Si bien Bolivia lo presenta como un tema que no tiene nada que ver con el tratado de 1904, la verdadera naturaleza no se puede ocultar
Felipe Bulnes, agente de Chile en La Haya

Bulnes fue enfático al señalar: "Permítanme que destape la verdadera naturaleza de la demanda de Bolivia: Lo que propone Bolivia no es más que una presentación nueva de una aspiración que data de hace mucho tiempo, que señala que Chile está en la obligación de negociar”. 

“El tema ya fue resuelto por el tratado de 1904, por lo tanto este es un asunto que no compete a esta Corte. Esta corte debería sentenciar que no tiene jurisdicción en este caso", agregó.

Bulnes continuó señalando que en su memoria "Bolivia apenas hace mención del Tratado de 1904. Señores, un tratado de límites no desaparece simplemente porque un país decide no mencionarlo".

Por su parte, la abogada Mónica Pinto centró su exposición en los alcaldes del artículo VI del Pacto de Bogotá, que señala que la Corte no puede pronunciarse sobre materias previas al año 1948.

Chile insiste en incompetencia de La Haya y apela a tratados en primera jornada de alegatos

La abogada de nacionalidad argentina advirtió que "la Corte tiene ante sí una decisión histórica para defender los límites y la estabilidad de América".

Por su parte, el abogado inglés Samuel Wordsworth puso énfasis en que el tema fronterizo entre ambos países está resuelto, y donde "el tratado de 1904 establecía una frontera completa y un régimen para el acceso al mar por parte de Bolivia a perpetuidad". 

De esta manera el inglés señala que "el tratado de 1904 trató de manera definitiva" los temas con respecto al acceso al mar de Bolivia.

Revisa a continuación el resumen que realizó en Tele13 Ramón Ullloa sobre la primera jornada de alegatos, del pasado 4 de mayo.

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Bolivia responde y acusa “amnesia” de Chile 

El agente de Bolivia, Eduardo Rodríguez Veltzé fue el encargado de abrir los alegatos del equipo paceño.

El ex mandatario aseguró que Bolivia es una nación pacifista y que lo que la demanda busca no es modificar el tratado de 1904, sino que dar cumplimiento a "promesas” realizadas por distintos gobiernos de Chile.

La promesa de negociar el acceso con plena soberanía a Bolivia al mar fue manifestada en diversos compromisos jurídicos, incluyendo en 1920, el memorándum Matte de 1926, el intercambio de notas de 1950, el memorándum de Truco 1961, la declaración de Charaña de 1975. Las diversas declaraciones de la Organización de Estados Americanos, las múltiples declaraciones y propuestas del propio Chile
Eduardo Rodríguez Veltzé, agente de Bolivia en La Haya

Para sustentar esta postura, los juristas aludieron a una serie de notas diplomáticas y a conversaciones entre las autoridades, entre ellas el Acuerdo de Charaña de 1975, donde Chile planteó la posibilidad de construir un corredor al norte de Arica.

La abogada Monique Chemillier-Gendreau​ afirmó que las diversas conversaciones constituyen una "prueba de que la cuestión del acceso soberano de Bolivia no quedó solventada con el pacto de Bogotá, ni treinta años después".

A su turno, Mathias Forteau planteó que “las cuestiones presentadas por Bolivia, consisten en que la Corte constate que en paralelo al tratado de 1904, Chile asumió el compromiso de negociar en beneficio de Bolivia, el acceso con soberanía al mar y constatar que Chile no ha respetado ese compromiso”.

La defensa boliviana destacó además por el frecuente uso de recursos verbales, como alegorías. Por ejemplo, la jueza Monique Chemillier-Gendreau aseguró que “Chile se ha invadido de una extraña amnesia colectiva cuyos síntomas los presenta ahora".

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En esta misma línea, el  español Antonio Remiro Brotóns sentenció: “No podemos aceptar que el Tratado de 1904 sea una especie de ácido corrosivo sobre la competencia de la Corte".

Revisa a continuación el resumen que hizo Ramón Ulloa en Tele13 sobre los alegatos de Bolivia

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La respuesta de Chile y los "contorsionismos" de Bolivia

Los alcances del tratado de 1904 y el Pacto de Bogotá concentraron las intervenciones de los abogados chilenos en el tercer día de alegatos. 

El encargado de abrir los fuegos fue el inglés Daniel Bethlemen, quien expuso: "Ante una solicitud de un fallo como este, ¿cómo puede Bolivia no citar el tratado de 1904 que le da un acceso al océano a través de los territorios y puertos de Chile?"

Al igual que sus pares bolivianos, el abogado utilizó recursos verbales al aseverar que se trata de un caso “artificialmente maquillado”.

“Ayer escuchamos mucho lenguaje colorido por parte de los abogados de Bolivia (...) Pero es Bolivia la contorsionista aquí, que desesperadamente trata de evitar cualquier contacto con el Tratado de 1904 como si fuera de alguna manera tóxico. Y ciertamente es tóxico para el caso de Bolivia como lo dejan claramente en evidencia sus contorsiones”, agregó.

En tanto, Samuel Wordsworth sentenció que "Bolivia no puede poner en tela de juicio que el tratado de 1904 está en vigor y que permite el acceso de Bolivia al mar de modo no soberano".

"Sugerir sendas paralelas no basta como explicación de por qué no se puede decir que la reivindicación de Bolivia y lo que establece el tratado de 1904, sean objeto de revisión", remató.

El encargado de profundizar en los efectos que tendría aceptar la pretensión boliviana fue el estadounidense Harold Koh, quien sentenció que “el caso de Bolivia consiste en cambiar y desestabilizar estructuras jurídicas diseñadas para preservar las fronteras regionales y preservar las relaciones de amistad”. 

“Permitir a los demandantes eludir el artículo VI por la vía de un juego de manos jurisdiccional promovería que otros países en la región intentasen unilateralmente reabrir esos asuntos resueltos y cuya adjudicación el pacto cerró. Debilitaría un marco jurídico regional diseñado para promover la estabilidad y la cooperación pacífica”agregó. 

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Finalmente, el abogado sostuvo que aceptar la pretensión boliviana, "debilitaría el respeto a los tratados vinculantes y al derecho internacional como base de la estabilidad regional, la paz y la cooperación en América Latina".

El encargado de cerrar los alegatos fue el agente Felipe Bulnes, quien dijo que “durante la mayor parte del siglo Bolivia ha aspirado a cambiar el arrreglo alcanzado en 1904 y adquirir acceso soberano al mar. Bolivia ha siempre descrito y hasta ahora describe esta aspiración como una ‘reivindicación histórica’, por el territorio perdido en una guerra que terminó en 1884. En el artículo VI del Pacto, los países latinoamericanos acordaron mirar hacia adelante y excluir demandas unilaterales ante la Corte por reivindicaciones históricas”

“Ustedes han visto que cuando Bolivia firmó el Pacto en 1948, y nuevamente cuando lo ratificó en 2011, interpuso una reserva. Sabía que una demanda diseñada para modificar el arreglo alcanzado en el Tratado de Paz de 1904 quedaría fuera de la jurisdicción de la Corte”, manifestó.

Es por ello que Bulnes concluyó diciendo que “la República de Chile respetuosamente requiere a la Corte para que decida y declare que la demanda presentada por Bolivia en contra de Chile no está dentro de la jurisdicción de la Corte”.

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Bolivia evita responder a pregunta de juez

¿En qué fecha mantiene Bolivia el que se concluyó un acuerdo respecto de la negociación relativa al acceso soberano?

Esta fue la pregunta que el juez Christopher Greenwood pidió a Bolivia responder durante su segundo y último  día de alegatos.

Sin embargo, no fue sino hasta la última intervención que se aludió a la pregunta de Greenwood. El encargado fue el iraní Payam Akhavan, quien evitó hablar de una fecha exacta.

Ayer me preguntaba si Moisés bajó del monte Sinaí con las tablas de la ley en una mano y con el Tratado de 1904 en la otra mano
Antonio Remiro Brotóns, abogado equipo boliviano

Según el abogado, "en diversas ocasiones Chile se comprometió a dar un acceso soberano al mar".

Junto con esto, sentenció: "No hay principio alguno en el derecho Internacional que requiera de un momento mágico".

Por su parte, el español Antonio Remiro Brotóns ironizó sobre la defensa de Chile de los tratados, relatando que "ayer me preguntaba si Moisés bajó del monte Sinaí con las tablas de la ley en una mano y con el Tratado de 1904 en la otra mano. El Tratado de 1904 no tiene carácter de eterno".

Brotóns, además, respondió a Chile asegurando que "el Tratado de 1904 nunca figuró en la lista de Tratados incompatibles con la Constitución boliviana".

"Bolivia no tiene la intención de renunciar al derecho de libre tránsito que le otorga el Tratado de 1904, no solicita su revisión y no quiere transformar los puertos chilenos en bolivianos (...) Chile ha usado esta tribuna para demostrar su actitud virtuosa ante Bolivia, cabe tomar nota de las dificultades que tiene Bolivia en territorio chileno", agregó.

Finalmente, el abogado español cerró diciendo que "la Corte no debe aceptar comportamiento irregular y abusivo de Chile".

Los argumentos con que el equipo boliviano cerró su exposición en la Corte de La Haya

La carta bajo la manga del juez Owada

Una nueva pregunta marcó el cierre de los alegatos el pasado 8 de mayo. 

El juez japonés Hidashi Owada expresó: "En los documentos de ambas partes han referido la expresión ‘acceso soberano al mar’, este no es un término reconocido en el derecho consuetudinario internacional y ambas partes lo han referido, les agradecería mucho a ambas partes que tengan a bien el definir el sentido de ese término como ellas las entienden y que tengan a bien el definir el contenido específico de ese término".

En su respuesta Chile detalla todas las veces que Bolivia hace mención al término y enfatiza que lo que en realidad busca es que La Haya obligue a Santiago a una cesión territorial, y no sólo a iniciar un proceso de negociación.

“El Petitorio de Bolivia busca una sentencia que le ordene a Chile dar su consentimiento al otorgamiento de un acceso soberano al Océano Pacífico a Bolivia. Ello necesariamente pone en cuestión lo que fue resuelto y se encuentra regido por el Tratado de Paz de 1904, y está por consiguiente fuera de la jurisdicción de la Corte en aplicación del Artículo VI del Pacto de Bogotá” dice el texto que puedes revisar en este enlace .

Bolivia, por su parte, envió un texto de una carilla y media donde descarta responder a la pregunta pidiendo que el tema sea abordado dentro del fondo de la demanda, en un escenario que la Corte rechace la objeción preliminar de Chile.

Bolivia declinó responder a La Haya y Chile acusa a La Paz de retirar su posición inicial

La Paz plantea que para definir de qué se trata el acceso soberano al mar se requiere determinar “los sucesivos acuerdos que han concluido” ambos países.

“La existencia y contenidos específicos de los acuerdos de las partes, sostiene respetuosamente Bolivia, claramente no es una materia para la frase preliminar, en su lugar, se debe determinar en la etapa del fondo del procedimiento”, dice el texto.

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