Luego de que la Cámara de Diputados aprobó en general y particular el proyecto pone fin al lucro el copago y la selección en la educación, la iniciativa iniciará su trámite en el Senado.

Las indicaciones aprobadas y rechazadas por los parlamentarios durante la tramitación, configuraron un proyecto que entre sus prinicipales puntos establece:

Uso de recursos estatales por administradores de colegios

La iniciativa establece el rechazo de del uso de recursos fiscales por parte de los administradores de colegios con fines distintos a los educativos. La propuesta indica una multa a beneficio fiscal del 50% del monto mal utilizado y el reintegro total de los recursos.

La indicación que proponía presidio de entre 541 días hasta 5 años en caso de que no se verificara la restitución de los recursos fue rechazada.

Arriendo

La indicación que permitía que los sostenedores arrendaran establecimientos educacionales en caso de que no fueran dueños de los recintos, a personas no relacionadas, fue rechazada.

Constitución de los establecimientos educacionales

El proyecto indica que los colegios que reciben aportes estatales deben constituirse como personas jurídicas sin fines de lucro, y establece plazos y procedimientos para que los actuales colegios subvencionados cambien su giro.

Solicitudes de subvención

Sólo se aprobarán solicitudes de subvenciones en caso de que exista una demanda de matrícula insatisfecha que los otros establecimientos, en el territorio que corresponda, no puedan cubrir.

Agencias Técnicas Educativas

La iniciativa prohíbe el lucro en las Agencias Técnicas Educativas y establece un plazo de dos años para que se transformen en personas jurídicas sin fines de lucro. Las que trabajen para establecimientos municipales, serán seleccionadas por un proceso de licitación.

Selección y postulación

La iniciativa dice que los procesos de postulación y admisión de los estudiantes deben realizarse por un sistema que garantice los principios de transparencia, equidad, no discriminación arbitraria, educación inclusiva y accesibilidad universal. El proyecto además, sostiene que los padres en el proceso de postulación optarán a los establecimientos por un registro público o sistema remoto.

Se prohíbe la realización de entrevistas, revisión de antecedentes como condiciones socioeconómicas o cobros por la postulación.

Los colegios tendrán que aplicar un proceso aleatorio que considere la incorporación de 15% de estudiantes prioritarios (hermanos matriculados, hijos de profesores, asistentes o trabajadores del establecimiento)

Selección en colegios emblemáticos

El proyecto permite que los denominados colegios emblemáticos (condiciones históricas, rendimiento académico) podrían mantener un proceso de selección entre los postulantes que pertenezcan al 20% de los estudiantes con mejor desempeño escolar a partir de 7mo Básico.

Financiamiento compartido

El proyecto elimina el copago, aunque permite la realización de donaciones voluntarias por parte de los padres, las que no pueden considerarse requisitos de ingreso o permanencia en los colegios. El 40% de dichos aportes, además, se descontará del monto de subvención que se reciba del Estado. Para los colegios técnico-profesionales, el descuento será de un 20%.

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