Desde el Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca), informaron que a partir del 9 de febrero de este año, todos los pescadores artesanales, armadores, tripulantes y buzos mariscadores, menores de 65 años, y que realizan operaciones extractivas, “deberán contar con un seguro de vida vigente contra el riesgo de muerte accidental e invalidez”.

Según el Servicio, esta medida permitirá a los familiares “enfrentar económicamente el difícil momento del fallecimiento de quien muchas veces es el sostenedor del grupo familiar”, indican.

Además, en caso de accidente con resultado de invalidez, el seguro permitiría cubrir los gastos que pueden generarse, por la incapacidad del asegurado para seguir trabajando.

La exigencia se considerará para que el pescador pueda desarrollar actividades pesqueras extractivas a bordo de embarcaciones artesanales: “Cada tripulante deberá acreditar ante la Autoridad Marítima (Capitanías de Puerto y/o Alcaldías de Mar) la tenencia del seguro obligatorio al momento del zarpe, quien autorizará el zarpe solo si la totalidad de su tripulación cuenta con este seguro”, explican.

¿Cómo se obtiene el Seguro?

Para contratar el seguro, debe acudir a una entidad financiera (Bancos, Aseguradoras, etc.) y solicitar el Formulario de Contratación del Seguro A. P. Pescadores y Acuicultores, y completar los datos requeridos.

La cobertura contiene una credencial personalizada foliada, que acredita la contratación y recuerda su vigencia anual, detallando la fecha de término del seguro.

Publicidad