Este martes, en la Comisión de Derechos Fundamentales, se discutió una serie de normas transitorias relacionadas con los artículos emanados desde dicha comisión y que se despacharon al borrador de la nueva Constitución.

Entre estas, se aprobó un artículo transitorio relacionado con el derecho de las personas que han sido víctimas de violaciones a los derechos humanos.

Dicha norma fue aprobada por 17 votos a favor y 15 abstenciones, y señala que "la Constitución reconoce el derecho de todas las víctimas de violaciones a los derechos humanos, cometidas durante el período de la dictadura (1973-1990), a sus descendientes o representantes legales el acceso a la justicia, el derecho a la verdad, la memoria y la prohibición de la impunidad de los perpetradores".

"La ley número 19.992, que en su artículo 15 declara el embargo de 50 años de los documentos, testimonios y antecedentes aportados a la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, es, por tanto, contraria a los principios y derechos reconocidos en esta Constitución", se añade.

Por lo anterior, se plantea que "dicha disposición, que prevé el embargo, se deroga ipso facto. Asimismo, se garantiza el derecho de los tribunales de justicia y auxiliares de justicia a acceder a esta información para dar cumplimiento a estos propósitos".

"Sin perjuicio de lo anterior, se reconoce el derecho de los descendientes o representantes legales de las víctimas de estas violaciones a mantener el secreto si así lo manifestaren ante el organismo que tenga bajo custodia dicha información", finaliza.

El texto aprobado todavía debe ser ratificado por el pleno de la Convención Constitucional antes que quede definitivamente integrado como una norma transitoria.

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