En los últimos años se han implementado diversas modificaciones tributarias, una de ellas tiene que ver con la Ley 21.420 que comenzó a regir desde el 1° de enero y contempla la incorporación del cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que desde ahora las empresas de servicios deberán pagar mensualmente en sus impuestos. 

En torno a esta novedad existen muchas interrogantes, partiendo por cuáles son aquellas empresas de servicios que deberán pagar IVA y cuáles aún seguirán exentas de esta nueva obligación. Por eso, para Nubox es importante compartir información que aclare a emprendedores y dueños de pymes las principales dudas que se presentan.  

Las sociedades que deben pagar IVA son los servicios asociados a las actividades y las rentas de la industria, comercio, minería y de la explotación de riquezas del mar y demás actividades extractivas. Asimismo, las compañías aéreas, de seguros, financieras, entidades bancarias, administradoras de fondos, sociedades de inversión, periodísticas, publicitarias, y otras relacionadas con la construcción, medios de comunicación, datos y telecomunicaciones.

Por otro lado, los servicios que quedarán exentos son el transporte de pasajeros, educación y servicio de salud ambulatorio. Sin embargo, existen algunos requisitos que deben cumplir estas sociedades para no pagar, como es estar conformadas solo por personas naturales, los socios deben desarrollar actividades o servicios profesionales y estos deben ejercer la misma profesión de la sociedad o alguna similar. 

En el caso de cumplir con los requisitos anteriormente mencionados, las sociedades deben completar una declaración jurada que se encuentra en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) para ser registrada como Sociedad de Profesionales, documento que se debe adjuntar cuando el contador o representante de la empresa envía la petición administrativa, la cual está disponible desde el 1° de enero y hasta el 30 de junio de 2023 en sii.cl, y que les permitirá registrarse debidamente quedando exentas de IVA.

Según el Colegio de Contadores de Chile, esta nueva Ley complicaría la situación de más de 156.356 empresas, principalmente pymes que emplean a más de 600 mil personas, ya que de acuerdo con datos de la última Operación Renta estas sociedades no podrán traspasar la totalidad del impuesto a su precio final. 

Por su parte, Carolina Samsing, CEO de Nubox, empresa de tecnología que ayuda a las pymes a automatizar gestiones administrativas, comentó que “es importante que los dueños de negocio conozcan los detalles de esta nueva ley, se informen bien con el apoyo de su contador y evalúen el impacto que puede tener en su empresa el hecho de que ahora efectivamente estén obligados a pagar el IVA. 

Revisa el listado completo de servicios afectos a IVA desde el 1 de enero:

  • Captación, tratamiento y distribución de agua

  • Servicio de lavado de vehículos automotores

  • Mantenimiento y reparación de vehículos automotores

  • Mantenimiento y reparación de motocicletas

  • Agencias de aduanas

  • Agencias de naves

  • Otras actividades de apoyo al transporte n.c.p.

  • Actividades postales

  • Actividades de mensajería

  • Actividades de producción de películas cinematográficas, videos y programas de televisión

  • Actividades de postproducción de películas cinematográficas, videos y programas de televisión

  • Actividades de consultoría de informática y de gestión de instalaciones informáticas

  • Otras actividades de tecnología de la información y de servicios informáticos

  • Procesamiento de datos, hospedaje y actividades conexas

  • Portales web

  • Actividades de sociedades de cartera

  • Fondos y sociedades de inversión y entidades financieras similares

  • Empresas de asesoría y consultoría en inversión financiera; sociedades de apoyo al giro

  • Actividades de agentes y corredores de seguros

  • Otros servicios de ensayos y análisis técnicos (excepto actividades de plantas de revisión técnica)

  • Investigaciones y desarrollo experimental en el campo de las ciencias naturales y la ingeniería

  • Investigaciones y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades

  • Asesoría y gestión en la compra o venta de pequeñas y medianas empresas

  • Actividades de clínicas veterinarias

  • Arrendamiento de propiedad intelectual y similares, excepto obras protegidas por derechos de autor

  • Otros servicios de reservas y actividades conexas (incluye venta de entradas para teatro, y otros)

  • Servicios de seguridad privada prestados por empresas

  • Actividades de servicios de sistemas de seguridad (incluye servicios de cerrajería)

  • Desratización, desinfección y exterminio de plagas no agrícolas

  • Organización de convenciones y exposiciones comerciales

  • Actividades de agencias de cobro

  • Actividades de agencias de calificación crediticia

  • Actividades de la administración pública en general

  • Regulación de las actividades de organismos que prestan servicios sanitarios, educativos, culturales

  • Regulación y facilitación de la actividad económica

  • Actividades de laboratorios clínicos y bancos de sangre

  • Actividades de atención en instituciones para personas con discapacidad mental y toxicómanos

  • Actividades de atención en instituciones para personas de edad y personas con discapacidad física

  • Otras actividades de atención en instituciones

  • Actividades de asistencia social sin alojamiento para personas de edad y personas con discapacidad

  • Otras actividades de asistencia social sin alojamiento

  • Servicios de producción de obras de teatro, conciertos, espectáculos de danza, otras prod. escénicas

  • Actividades de bibliotecas y archivos

  • Actividades de museos, gestión de lugares y edificios históricos

  • Actividades de jardines botánicos, zoológicos y reservas naturales

  • Gestión de otras instalaciones deportivas n.c.p.

  • Promoción y organización de competencias deportivas

  • Otras actividades deportivas n.c.p.

  • Actividades de asociaciones empresariales y de empleadores

  • Actividades de asociaciones profesionales

  • Actividades de sindicatos

  • Actividades de organizaciones religiosas

  • Actividades de organizaciones políticas

  • Actividades de centros de madres

  • Actividades de clubes sociales

  • Fundaciones y corporaciones; asociaciones que promueven actividades culturales o recreativas

  • Consejo de administración de edificios y condominios

  • Actividades de otras asociaciones n.c.p.

  • Reparación de aparatos de uso doméstico, equipo doméstico y de jardinería

  • Reparación de calzado y de artículos de cuero

  • Reparación de muebles y accesorios domésticos

  • Reparación de otros efectos personales y enseres domésticos

Puedes revisar el listado completo de actividades económicas afectas al pago de IVA haciendo clic en este enlace.

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