Qué observar. El 2 de septiembre de 2021, el presidente del Consejo del Estado (CDE), Juan Antonio Peribonio, fue notificado de la demanda de indemnización de perjuicios contra el Estado presentada por el cofundador de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), Héctor Llaitul.

  • En ésta Llaitul solicitaba el pago de $200 millones por concepto de daño moral. Detallaba que el 28 de abril de 1988 fue detenido durante una protesta junto a una veintena de estudiantes de la Universidad Católica de Valparaíso, tras lo cual pasó 10 días incomunicado en la cárcel de Quillota, donde fue torturado por agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI).

 

  • En la acción se destacaba que figuraba en el listado de prisioneros políticos y torturados de la comisión Valech II. Llaitul figura en los registros en el número 4.711.

El fallo. El fallo del 31 de mayo de 2022 de la jueza Carolina Ramírez Reyes consignó el testimonio del excompañero de curso de Llaitul, Nolberto Díaz Sánchez, quien declaró que al ser detenido Llaitul era vicepresidente del centro de alumnos de la carrera de trabajo social de la Católica de Valparaíso.

  • También incluyó el testimonio del historiador Igor Goicovic, quien declaró que a la fecha tanto Llaitul como él pertenecían al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).

 

  • “Resulta un hecho no controvertido que el actor fue víctima de violación a los DDHH, sin embargo, la prueba rendida impide a este tribunal acceder a la demanda en los términos y montos solicitados. En efecto, la documental acompañada no es la conducente como para determinar el tiempo de privación de libertad del demandante, pues en su mayoría aquella se funda en sus propios dichos. Con todo (…), las secuelas que produjo en el demandante los vejámenes a los que fue sometido, permiten a este tribunal fijar prudencialmente el monto de la indemnización en la suma de 12.000.000”, consignó la resolución.

La Corte. Este viernes, la segunda sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de casación en la forma y confirmó la resolución. “La suma que se condena pagar al Fisco de Chile al actor asciende a la suma de doce millones de pesos ($12.000.000) a título de daño moral, más reajustes conforme al alza del índice de Precios al Consumidor que se devenguen a contar de la fecha en que esta sentencia quede ejecutoriada y hasta la de su pago efectivo”, dice el fallo de la ministra Maritza Villadangos, la ministra suplente Karina Ormeño y el abogado integrante Michael Camus.

  • Llaitul está recluido desde el 25 de agosto en el Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) del Biobío, tras su formalización de cargos por infracciones a la Ley de Seguridad del Estado, entre otros delitos. Tiene visitas los sábados.

Qué hará con el dinero. Este lunes, el sitio Werkén Noticias —que suele difundir contenidos del grupo radical— publicó una declaración sobre la causa. “El vocero sostiene que dicha indemnización será destinada para la defensa de los Presos Políticos Mapuche de la CAM y para el proceso de búsqueda de justicia por el asesinato de Pablo ‘Toño’ Marchant”, consignó el texto, sin detallar cómo buscará esa justicia.

  • Pablo Marchant Gutiérrez era un exestudiante de antropología de la U. de Concepción que dejó la facultad, se sumó a un brazo operativo de la CAM y murió por un tiro policial el 9 de julio de 2021, cuando participaba de un atentado incendiario al fundo forestal Santa Ana de Carahue, que contaba con protección de Carabineros. Tenía 28 años.
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