Panorama general. El proyecto de reforma constitucional que permite la protección de infraestructura crítica por parte de las Fuerzas Armadas, en caso de peligro grave o inminente, actualmente se encuentra en primer trámite en el Senado. La propuesta busca establecer un sistema de protección de servicios y activos estratégicos para el país, con participación tanto del sector público como privado.

  • La moción fue presentada por los senadoras Carmen Gloria Aravena (RN), Ximena Rincón (Demócratas) y los senadores Álvaro Elizalde (PS), Kenneth Pugh (Indep. RN) y Jaime Quintana (PPD).

 

  • “Es un hecho público y notorio la crisis de seguridad que vive el país, siendo para los chilenos y chilenas la principal prioridad”, señala parte de la fundamentación del Boletín N° 15.219-07, que presenta la propuesta legislativa.

 

  • La infraestructura crítica “comprende el conjunto de instalaciones, sistemas o servicios esenciales y de utilidad pública, así como aquellos cuya afectación cause un grave daño a la salud o al abastecimiento de la población, a la actividad económica, al medioambiente o a la seguridad del país”, según la iniciativa senatorial.

FF.AA. y protección de la fronteras. Esta propuesta, de artículo único, no consideraba de forma categórica la participación de las FF.AA. en la protección de las fronteras, tema que actualmente está cargo de Carabineros.

  • “(El) oficial de las Fuerzas Armadas, que tendrá al mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Públicas dispuestas para la protección de la infraestructura crítica en las zonas especificadas en dicho acto. Los jefes designados para el mando de las fuerzas tendrán la responsabilidad directa del resguardo del orden público en las zonas señaladas, con las atribuciones y deberes que determine el decreto supremo de conformidad con la ley”, dice el texto en que el gobierno formula indicaciones al proyecto de infraestructura crítica.

 

  • El jueves 22 pasado, el Ejecutivo ingresó tres indicaciones al proyecto de reforma constitucional, una de las cuales incorpora un segundo artículo relativo al rol de las Fuerzas Armadas en la protección de las áreas limítrofes en el resguardo de orden público y cuando la situación lo amerite.

 

  • Esta indicación fue interpretada como una respuesta a la presión ejercida por los diputados de la Macrozona Norte respecto de la creciente ola migratoria ilegal que registran las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta y Atacama, causal que explicaría la explosiva alza en los índices de delincuencia.

 

  • El miércoles 21 se constituyó la Comisión Especial Investigadora de la Cámara de Diputados, que busca analizar las nuevas formas de criminalidad y sus consecuencias en la Macrozona Norte del país.
  • La medida la impulsaron los diputados de las cuatro regiones luego de las reiteradas negativas del Ministerio del Interior a declarar estado de excepción en la Macrozona Norte.

Lo que dice el artículo 2º. “Agrégase una disposición transitoria, quincuagésima segunda, a la Constitución Política de la República, en el siguiente tenor: Facúltase al Presidente de la República para que, en el plazo de un año desde la publicación de esta reforma, establezca mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por intermedio del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, los que también deberán ser suscritos por el Ministerio de Defensa Nacional, las normas necesarias para regular las atribuciones y deberes de las fuerzas para el resguardo de las áreas de zonas fronterizas establecidas en el párrafo final del numeral 21 del artículo 32, que regirán mientras no se publique la ley a la que se refiere el párrafo final del numeral 21 del artículo 32”.

  • Esas áreas deberán especificarse en el decreto supremo que el Presidente dicte en uso de esta nueva atribución.

 

  • Los decretos con fuerza de ley regirán hasta que se dicte una ley sobre la materia, y deberán contemplar las funciones en relación al orden público que deberán llevar a cabo las fuerzas en las áreas respectivas. También deberán hacer mención a las reglas del uso de la fuerza que regirán en estos casos.

Las controvertidas resoluciones del Gobierno:

  • Desde marzo pasado, cuando asumió el nuevo Gobierno, se han adoptado una serie de medidas relacionadas con la inmigración ilegal que han sido cuestionadas.

1.Cambio al reglamento que permite ingreso de refugiados. El 20 de abril, el Gobierno publicó en el Diario Oficial la eliminación del artículo 37 bis, relativo al ingreso de refugiados a Chile.

  • La administración anterior lo había puesto en marcha en enero de este año para evitar el ingreso al país de personas que difícilmente cabían en la categoría de refugiados, estableciendo una serie de requisitos para hacerlo.

 

  • Uno de ellos, por ejemplo, señalaba que se otorgaría a “quienes, por fundados temores de ser perseguidos por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentren fuera del país de su nacionalidad y no puedan o no quieran acogerse a la protección de aquél debido a dichos temores”.

2.Resolución que impide expulsión de extranjeros hacia Bolivia. El director del Servicio de Migraciones, Luis Eduardo Thayer, firmó una resolución el 28 de abril, en la que estipula que en el procedimiento de reconducciones hacia Bolivia solo podrán trasladarse ciudadanos de ese país, no así de otras nacionalidades.

  • El mismo decreto establece una determinación totalmente distinta para la frontera con Perú.

 

  • La situación sucedió en momentos en que el gobierno de Luis Arce no estaba aceptando devoluciones de ciudadanos que no fueran de su país.

3. Los vuelos de Sky Airline. El 20 de mayo expiró el contrato que firmó el gobierno de Piñera con Sky Airline para expulsar a migrantes irregulares desde Chile.

  • Se trataba de una licitación de 15 vuelos, por un año, de los cuales se alcanzaron a realizar 9 bajo la administración anterior. Seis de los vuelos quedaron pendientes, pero el gobierno de Boric no los ocupó.

 

  • Thayer dijo entonces a Ex-Ante que “el término del contrato este 20 de mayo 2022 por tanto no implica pagar ningún vuelo no ejecutado. El contrato se extingue y no tiene ninguna consecuencia. Los vuelos no ejecutados no se pagan”. Y añadió: “Seguimos expulsando personas extranjeras en vuelos comerciales, o sea que expulsiones se siguen ejecutando independiente de ese contrato”. 
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