Lo nuevo. La comisión de libertad condicional de La Serena rechazó este miércoles otorgar el beneficio de la libertad condicional a Luis Castillo Opazo, 41, el autodenominado “insurrecto” que generó una crisis en el gobierno del expresidente Gabriel Boric al conocerse su amplio prontuario previo al 18-O.
- Castillo Opazo fue uno de los 12 condenados del estallido a los que el exmandatario perdonó sus penas en 2022, en su caso por atacar la oficina del Registro Civil de Copiapó y otros seis puntos de la ciudad. Entonces ya tenía cinco condenas por delitos comunes anteriores al 18-O.
- Menos de un año después de ser indultado regresó a la cárcel por agredir a una persona con la que estaba bebiendo alcohol y consumiendo drogas, el 14 de diciembre de 2023, en Copiapó. Luego forzó a la víctima a meterse en la maleta de su propio auto e intentó, sin éxito, vender el vehículo.
- El 29 de abril de 2024 el Juzgado de Garantía de Copiapó lo condenó a cuatro años de cárcel como autor de robo frustrado con intimidación y violencia, además manejo bajo la influencia de estupefacientes.
- Fue enviado inicialmente a la cárcel de la ciudad de Atacama, desde donde fue trasladado al penal de La Serena, donde postuló en septiembre a la libertad condicional.
- Castillo Opazo ya había postulado en marzo, obteniendo el 13 de abril una respuesta negativa de la comisión de libertad condicional de La Serena.
Los argumentos de la comisión. “Analizados y ponderados por esta Comisión los antecedentes que constan en la carpeta de dicho postulante, se estima que el interno no cumple con los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad”, dijo la resolución firmada por la ministra Gloria Negroni y los jueces Claudio Ayala, Carlos Manque, Loreto Figueroa y Zoila Terán.
- La comisión recogió los argumentos del “informe de postulación psicosocial de Gendarmería (que) da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar riesgo muy alto de reincidencia; da cuenta que el condenado no presenta conciencia del delito; da cuenta que el condenado no presenta conciencia del mal causado, y da cuenta que el condenado no manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos”.
“Divino derecho a la rebelión popular”. Castillo Opazo había obtenido la libertad al final del primer año del gobierno del expresidente Boric, luego de que el 24 de marzo de 2022 firmara con un lápiz azul una carta de una carilla, escrita a mano, dirigida al entonces mandatario.
- “Muy respetuosamente a Ud. vengo a solicitar me conceda el ‘indulto presidencial’ dentro de sus facultades (…), ya que yo sólo salí a luchar por mis derechos como todo ciudadano común lo hizo en el marco de la revuelta social, haciendo valer el ‘divino derecho a la rebelión popular’, ya que nuestros derechos estaban siendo vulnerados por el gobierno de Chile”, dijo la carta.
- En enero de este año, antes de dejar La Moneda, Boric defendió los indultos a los presos del 18-O, excluyendo el caso de Castillo Opazo.
- En entrevista con CNN Chile dijo que era “un compromiso que yo tenía y no me arrepiento de los indultos. Sí creo que hubo una desprolijidad inaceptable en el proceso de indultos donde se incluyó a una persona que no debió haber estado incluida, que es el caso de Luis Castillo, y por eso asumieron la responsabilidad política que les correspondía”.
- Luego recalcó que “el indulto es una firma delegada” al ministro de Justicia.
- El cargo era entonces ocupado por Marcela Ríos, quien cayó en medio del escándalo junto con el jefe de gabinete presidencial, Matías Meza-Lopehandía.
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El prontuario previo al 18-O. El extracto de filiación de Castillo Opazo previo al estallido registraba cinco condenas por delitos comunes.
- Una condena a pagar una multa por un hurto simple de julio de 2005.
- Una pena, luego sustituida, a 60 días de cárcel por el mismo delito, en diciembre de ese año, en grado de frustrado.
- Una pena a 21 día de prisión nocturna por el delito de lesiones menos graves, de julio de 2006.
- Una pena a 10 años de cárcel por dos robos con violencia e intimidación, en grado de tentativo, de julio de 2007.
- Una pena de 61 días de prisión por un robo con sorpresa en grado de frustrado, de octubre de 2017.
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