El máximo organismo constitucional de Ecuador respaldó el matrimonio entre personas del mismo sexo en una votación que se considera histórica en el país.

Con cinco votos a favor y cuatro en contra, la Corte Constitucional (CC) resolvió favorablemente una consulta sobre dos uniones civiles de parejas del mismo sexo.

La decisión de la corte se produce en respuesta al planteamiento de un tribunal de justicia menor, que consultó a la CC si Ecuador podía aplicar la llamada "Opinión Consultiva 24-17" de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) para autorizar el matrimonio entre personas del mismo sexo, sin llevar a cabo reformas en la Constitución o en la legislación, según recogen los medios locales.

La Corte IDH recomendó a los países firmantes de la Convención Americana de Derechos Humanos que reconocieran los derechos de las parejas del mismo sexo, incluido el matrimonio civil.

Actualmente, la Constitución de Ecuador define el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer.

El anuncio de la CC, cuya votación se produjo en medio de un fuerte debate en el país, fue recibido con alegría por parte de los colectivos en defensa de los derechos LGBTI, que celebraron en Quito y otras partes del país la noticia, informó la prensa nacional.

"Saludamos a la Corte Constitucional por este paso icónico en nuestro país, no solo ahora de referencia para los países andinos, sino para toda la región latinoamericana", dijo la Federación Ecuatoriana de Organizaciones LGBTI, en un comunicado.

"Trato igualitario"

La corte ofreció detalles de su resolución en un boletín publicado en Twitter.

Sobre el primero de los casos -que no menciona por nombre, sino por número-, el tribunal señala que se votó a favor en base a "la luz de de normas constitucionales favorables a la igualdad de la persona y que rechazan todo tipo de discriminación", así como la "Opinión Consultiva" de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

En el segundo caso, la corte va más allá y señala que "la decisión declara la inconstitucionalidad del artículo 81 del Código Civil y el artículo 52 de la ley de Gestión de la Identidad y Datos Civiles. Adicionalmente, dispone que la Asamblea Nacional reconfigure la institución del matrimonio para que se dé un trato igualitario a las personas del mismo sexo".

El comunicado también recoge la posición de los cuatro magistrados que votaron en contra en ambos casos. Estos consideraron que la vía adecuada "para reconocer el matrimonio igualitario es el procedimiento de reforma constitucional que le compete a la Asamblea Nacional".

En opinión del experto constitucionalista y exprocurador general del Estado, Gustavo Medina, las autoridades ecuatorianas están obligadas ahora a cumplir las decisiones del CC.

Estas son "vinculantes y de obligado cumplimiento", dijo a la agencia de noticias AFP.

Los dos casos sobre los que se pronunció la CC son de parejas conformadas por hombres: Efraín Soria y Javier Benalcázar, y Rubén Salazar y Carlos Verdesoto.

Soria y Benalcázar, ante la negativa de su matrimonio por parte del Registro Civil de Identificación y Cedulación el año pasado, presentaron una demanda a la Corte de Justicia de la provincia de Pichincha, en el norte del país, y fue esta quien elevó la consulta a la Corte Constitucional, recoge la Agencia Efe.

Tras conocerse la noticia, Soria, presidente de la Fundación Equidad, manifestó su alegría en declaraciones a medios de comunicación locales.

"Estoy superemocionado. Estábamos esperando esta respuesta pero igual estamos celebrando felices porque la corte finalmente nos ha devuelto la dignidad humana", dijo al diario local El Comercio.

En América Latina son cuatro los países que legalizaron el matrimonio homosexual: Argentina, Brasil, Colombia, Uruguay; además de algunos estados de México.

Se espera que este tipo de uniones también comience a regir en Costa Rica pronto, como máximo en mayo de 2020, según una sentencia de la Sala Constitucional.

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