A partir de este lunes 11 de enero y hasta el próximo miércoles 20 del mismo mes los estudiantes de primer año que se matricularon en una institución de educación superior tendrán plazo para ejercer el derecho a retracto, según anunció el Servicio Nacional al Consumidor (Sernac). 

El director del organismo, Ernesto Muñoz, explicó que el derecho a retracto se aplica a todas las instituciones de educación superior. 

Además, dijo que los planteles tienen la obligación a respetar este derecho y que deben devolver el dinero pagado y los documentos en un plazo de 10 días, desde que se ejerce el derecho. 

¿En qué consiste y cómo hacerlo? En T13.cl te entregamos los detalles de este derecho.

¿Qué es el derecho a retracto?

El derecho a retracto está enfocado a los jóvenes que ingresarán a primer año en una institución de educación superior y que ya se matricularon en una casa de estudios. Estos estudiantes pueden desistir de ese contrato, al haberse matriculado en una segunda institución.

Ese derecho corre por 10 días corridos desde que se publican las listas de las universidades pertenecientes al Consejo de Rectores de la Universidad de Chile. 

Esto implica que:

  • El establecimiento no puede cobrar por los servicios respecto de los cuales el alumno se desistió;
  • Debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año, dentro del plazo de 10 días corridos desde que el alumno ejerció el derecho de retracto;
  • La institución sólo podrá retener de lo pagado hasta el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración.

¿Cómo se ejerce el derecho a retracto? 

  • El primer paso es presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que originalmente se contrató.
  • Acompañar el comprobante de la segunda matrícula, idealmente con una carta, en la que se manifiesta que se quiere ejercer el derecho a retracto donde quede bien clara la fecha. La carta se puede descargar de www.sernac.cl/retracto                                               
  • Pedirle a la institución que timbre o firme una copia de la carta de manera que quede constancia de la fecha en la que se hizo efectivo el derecho, por si hay problemas posteriores.
  • Si luego de transcurridos 10 días corridos de este trámite y no se ha recibido la devolución del dinero o la confirmación de la disolución del contrato, debe insistir.
  • Si la respuesta es negativa, presentar el reclamo ante SERNAC en www.sernac.cl
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