La Corte de Apelaciones de Santiago revocó este lunes el fallo del Octavo Juzgado de Garantía que había ordenado el sobreseimiento de los siete carabineros que habían sido formalizados por tortura y violencia innecesaria contra un ciudadano que protestaba en la Plaza de Ñuñoa el pasado 21 de octubre en el marco del estallido social.

La acción se produjo minutos antes del toque de queda que regía en todo el país y fue captada por un canal de televisión, que mostró en vivo como uno de los acusados golpea con una patada por la espalda a Moisés Órdenes y otros seis lo golpearon con sus bastones en el piso.

El fiscal a cargo del caso Álvaro Pérez denunció durante la formalización a los uniformados que la víctima tuvo lesiones graves producto del hecho, entre ellos la pérdida de la visión de uno de sus ojos.

En primera instancia eran doce los funcionarios que habían sido acusados, sin embargo, cinco de ellos fueron sobreseídos y los otros siete habían quedado en prisión preventiva en un primer momento, la que luego también fue revocada.

El Octavo Juzgado de Garantía había determinado que no había existido tortura ni violencia innecesaria en los hechos, denunciados, sin embargo, la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones revocó este fallo.

Desde el Instituto Nacional de los Derechos Humanos (INDH) valoraron la decisión del tribunal de segunda instancia. 

Foto Principal: Referencial Agencia Uno 

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