En un fallo unánime, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco ordenó la prisión preventiva de ex carabineros Carlos Alarcón Molina, Raúl Ávila Morales y Braulio Valenzuela Aránguiz, tres de los principales condenados en el marco de crimen contra el comunero mapuche Camilo Catrillanca, ocurrido el 14 de noviembre de 2018 durante un procedimiento de Fuerzas Especiales de Carabineros en la comunidad de Temucuicui, Ercilla.

La decisión ocurre en la antesala de la lectura de la sentencia definitiva, que se conocerá el 28 de enero y donde se detallarán las penas que recibirán los condenados por el crimen.

De hecho, como detalló la defensora de la niñez, Patricia Muñoz, quien es querellante de la causa, la prisión preventiva se dictó en el contexto de que es la medida cautelar "proporcional" al veredicto dictado en contra de los imputados, quienes arriesgan penas efectivas de cárcel.

En el caso del ex sargento Carlos Alarcón, quien percutó el disparo que provocó la muerte del joven de 24 años, la fiscalía pide una pena de 15 años y un día luego que se le declarara culpable de homicidio simple, además de homicidio frustrado al menor de iniciales M.A.P.C quien se encontraba con Catrillanca al momento de su muerte. En tanto, se le absolvió del delito de falsificación de instrumento público y de obstrucción a la investigación.

Raúl Ávila -quien aseguró que no estaba grabando el operativo, cosa que resultó falsa- se le declaró culpable del delito de disparo injustificado (con un arma de guerra), obstrucción a la investigación y apremios ilegítimos, mientras que fue absuelto del delito de infidelidad en custodia de documentos, obstrucción a la investigación y de homicidio simple de Catrillanca y del homicidio frustrado del menor de edad. 

En su caso, la fiscalía pidió una pena de cumplimiento efectivo de 4 años de presidio menor en su grado máximo por el delito de apremios ilegítimos, otros 300 días más 6 UTM por obstrucción y 5 años y 1 día por disparo injustificado. 

En tanto, a ​Braulio Valenzuela, se le declaró culpable del delito de disparo injustificado y obstrucción a la investigación. fue absuelto de imputaciones de encubrimiento de homicidio frustrado y torturas del menor. En este caso, como se trató de un árma de menor grado, se pidió una pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo y 300 días por obstrucción.

 

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