El ministro en visita Mario Carroza condenó a 11 miembros del Ejército en retiro, por su responsabilidad en los delitos de homicidio de Rodrigo Andrés Rojas de Negri y el homicidio frustrado, de Carmen Gloria Quintana Arancibia, hechos ocurridos el 2 de julio de 1986, en la comuna de Estación Central.

En el fallo se condenó a Julio Ernesto Castañer González, Iván Humberto Figueroa Canobra y Nelson Fidel Medina Gálvez a 10 años y un día de presidio, en calidad de autores de los delitos.

En tanto, Luis Alberto Zúñiga González, Jorge Osvaldo Astorga Espinoza, Francisco Fernando Vásquez Vergara, Leonardo Antonio Riquelme Alarcón, Walter Ronny Lara Gutiérrez, Juan Ramón González Carrasco, Pedro Patricio Franco Rivas y a Sergio Hernández Ávila fueron condenados a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, como cómplices.

En la causa, se decretó la absolución de René Aníbal Muñoz Bruce, por falta de participación, y de Pedro Fernández Dittus por aplicación de la excepción de la cosa juzgada.

El fallo determinó que los militares -quienes realizaban patrullajes en la comuna de Estación Central debido a una protesta convocada ese día de julio de 1986, en plena dictadura- detuvieron a Rojas de Negri y Quintana, a quienes tras golpear les rociaron combustible para luego prenderles fuego. 

"Pese a no existir la eventualidad de acciones de peligro de parte de los jóvenes como tampoco nada que justificase las acciones criminales que emprendieron, éstos agentes del Estado toman la decisión de rociar sus cuerpos y vestimentas con combustible y luego, mediante el empleo de un elemento adicional, en este caso una bomba molotov de contacto directo, provocaron un fuego que se irradia rápidamente hacia las víctimas , quienes al estar sus cuerpos y ropas con combustible no pudieron impedir que sus ropas se incendiaran y los cuerpos se quemaran", señala el fallo.

Las quemaduras causaron la muerte de Rojas de Negri mientras que en el caso de Quintana resultó con daños en el 62% de su cuerpo. "Todo lo anterior demuestra de manera irrefutable, que fueron rociados con combustible, y ello no fue más grave porque el fuego logra ser extinguido con la ayuda y el auxilio de algunos conscriptos que utilizaron frazadas para sofocarlo", señala Carroza en el dictamen. 

Tras esto, los militares se "concertaron" para trasladarlos a la comuna de Quilicura, donde decidieron abandonarlos en una zanja, negándoles todo tipo de ayuda médica. 

En materia civil, el fallo condenó al Estado de Chile a pagar 450 millones, que serán repartidos entre la víctima sobreviviente, Carmen Gloria Quintana, y familiares de Rojas. 

 

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