Este fin de semana se celebrarán las Fiestas Patrias en Chile, lo cual implicará una serie de modificaciones al normal funcionamiento del comercio.

Y es que los días 18 y 19 de septiembre serán feriados irrenunciables, lo cual implicará que gran parte de los rubros del comercio deban cerrar, aunque hay ciertas excepciones.

En esa línea, el artículo 2 de la Ley 19.974 establece que los días 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero de cada año serán feriados obligatorios e irrenunciables para todos los dependientes del comercio.

Sin embargo, con excepción de "aquellos que se desempeñen en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados".

"Tampoco será aplicable a los dependientes de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. Las tiendas de conveniencia asociadas a establecimientos de venta de combustibles podrán atender público en la medida que coexista la actividad de venta directa de los productos que allí se ofrecen, con la elaboración y venta de alimentos preparados, que pueden ser consumidos por el cliente en el propio local", complementa la Ley.

Qué sectores del comercio pueden abrir en Fiestas Patrias

Clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, locales comerciales en aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.

También pueden abrir locales de expendio de combustibles, farmacias de urgencia, farmacias de turnotiendas asociadas a establecimiento de venta de combustible.

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