La Corte Suprema condenó a los padres de un menor que divulgó imágenes íntimas de joven en redes sociales a pagar una indemnización total de tres millones de pesos a la víctima y sus progenitores.

En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal estableció la responsabilidad de los padres demandados por la falta de vigilancia respecto del actuar negligente y culpable de su hijo.

"Que tal hecho constituye un atentado al deber de no causar daño que consagra nuestro ordenamiento jurídico sobre el cual se construye el sistema de la responsabilidad, por parte del hijo de los demandados, quien no debió divulgar, hacer circular de ninguna forma tales fotografías o permitir que ocurriera pues fueron tomadas en el contexto de una relación íntima y privada", explica el fallo.

Además se sostiene que las imágenes, "por su naturaleza, no estaban destinadas sino que a mantenerse en ese contexto, siendo absolutamente previsible y lógico que su divulgación a través de las redes sociales afectaría a la involucrada, al verse expuesta a una vejación pública de esta índole, considerando por lo demás su corta edad, 14 años".

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