La Corte de Apelaciones de Iquique acogió un recurso de protección presentado por la empresa Importadora y Exportadora Recycloth SpA y dos de sus trabajadores, y ordenó a una exempleada no volver a realizar publicaciones en redes sociales donde acuse a la compañía de cometer delitos o incumplir normas sanitarias.

El caso surgió luego de que la extrabajadora difundiera una serie de videos en la red social TikTok, donde cuestionaba las condiciones en que la empresa comercializaba ropa usada. Además, aseguró que durante el tiempo que trabajó en el lugar sufrió malos tratos por parte de sus superiores.

La Corte concluyó que las publicaciones nacieron tras un conflicto laboral ocurrido el 30 de abril, cuando se puso fin a su contrato

En ese contexto, la mujer subió los videos donde también acusó supuestos problemas con la entrega del anexo de su contrato laboral. 

Sin embargo, el tribunal sostuvo que, pese a las presuntas irregularidades que señalaba la mujer, durante el proceso no presentó antecedentes suficientes que permitieran acreditar las denuncias que realizó contra la empresa. Según el fallo, los registros aportados reflejan principalmente su experiencia personal y las diferencias que surgieron tras el término de su contrato.

La Corte agregó que, en este caso, debe prevalecer el derecho a la honra y a la reputación comercial de la empresa. En esa línea, señaló que si una persona considera que existen incumplimientos laborales o problemas sanitarios, debe recurrir a las vías administrativas o judiciales que contempla la ley, y no utilizar las redes sociales para hacer acusaciones públicas sin que estas hayan sido comprobadas.

Los ministros también indicaron que realizar este tipo de denuncias en plataformas como TikTok, sin que exista una resolución de una autoridad que respalde esas afirmaciones, constituye una forma de hacer justicia por "mano propia", lo que calificaron como una actuación ilegal y arbitraria.

Aunque la mujer eliminó los videos en mayo de este año, el tribunal estimó que eso no era suficiente para cerrar el caso. A juicio de la Corte, el conflicto laboral sigue vigente y todavía existen publicaciones y comentarios que hacen referencia indirecta a la empresa, por lo que existe el riesgo de que este tipo de hechos vuelva a repetirse. Por esa razón, resolvió acoger el recurso y ordenó a la exempleada abstenerse de realizar nuevas publicaciones de esa naturaleza.

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