La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó, este jueves, las multas por un monto total de 1.350 UF, aplicadas a la isapre Cruz Blanca SA por entregar información incompleta e inexacta a la autoridad fiscalizadora.

En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada, rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por la isapre, tras establecer que la Superintendencia de Salud actuó dentro de sus facultades al sancionar a la reclamante.

"Que, en el caso del examen, de lo actuado por la Superintendencia de Salud, es posible constatar que la decisión que se impugna encuentra sustento, tanto en los antecedentes que recabó con motivo de la fiscalización que como ente regulador y fiscalizador de la reclamante llevó a cabo, como de la normativa que gobierna la materia y que por consiguiente, no ha incurrido en ilegalidad alguna", sostiene el fallo.

Para la Corte de Santiago: "(…) conforme a lo que se viene exponiendo, no se divisa ilegalidad en el actuar del ente administrativo reclamado, pues habiéndose impuesto sanciones pecuniarias en un procedimiento reglado y en que se ha aplicado la normativa vigente, y en que las infracciones cometidas, fueron debidamente constatadas en la fiscalización, la que dio cuenta que en revisión efectuada por la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud a los Aranceles de Prestaciones de Salud de la Isapre correspondientes al año 2018, y en que por RES. EX. IF/N° 740 de fecha 26 de julio de 2019, el Intendente de Fondos y Seguros Previsionales de Salud, impuso a la reclamante tres multas por un total de 1350 UF, (esto es, 700 UF por primer cargo y 500 UF, por el segundo)".

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