En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa del carabinero Marco Treuer, imputado y sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva por el homicidio de Álex Lemún el 2002 en la región de La Araucanía. 

El fallo sostiene que la decisión del juez en orden de decretar la medida cautelar de prisión preventiva en contra del amparado "se refiere, por ende, a una materia que fue objeto de resolución judicial dictada por tribunal competente, en el ejercicio de sus facultades legales y para un caso expresamente previsto por la ley, debidamente fundada y dentro de un procedimiento dónde el amparado es parte, sin que la defensa haya deducido en su contra los recursos ordinarios que la ley contempla, prefiriéndose uno extraordinario como es la presente acción".

La resolución agregó que el debate en torno a imposición de la medida cautelar decretada se produjo dentro de un proceso judicial vigente, "en el cual se han respetado las garantías del imputado y se han observado los principios formativos del proceso penal".

En ese contexto, añadió que "motivo por el cual no cabe analizar el acto recurrido sobre la base de alguna infracción legal o constitucional que lo afecte, lo que impide a este Tribunal adquirir convicción acerca de la existencia de una privación, perturbación o amenaza ilegítima del derecho a la libertad personal del recurrente".

El mayor en retiro de Carabineros Treuer había sido formalizado por el asesinato del joven mapuche de 17 años que murió baleado en la comuna de Ercilla el 12 de noviembre de 2002.

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