Con el fin de que todos aquellos prestadores extranjeros de servicios digitales, sin domicilio ni residencia en Chile, declaren y paguen el IVA a los servicios digitales el Servicio de Impuestos Internos (SII) aplicó cambios en su normativa.

Así, estableció el cambio de sujeto total y la calidad de agente retenedor de IVA a los emisores de medios de pago (bancarios y no bancarios), respecto de los servicios que prestan estos prestadores que, debiendo registrarse, declarar y pagar este impuesto, no lo hacen.

Esta medida entró en vigencia el 1 de agosto de 2022.

Desde este lunes los emisores bancarios y no bancarios de las tarjetas de pago respectivas, aplicarán un recargo equivalente al 19%, a las contraprestaciones pagadas a los proveedores de servicios digitales, sin domicilio ni residencia en Chile, informó el SII en su sitio oficial.

El SII publicará el 15 de diciembre de cada año en su sitio web la nómina de comercios y plataformas extranjeros, sin domicilio ni residencia en Chile, afectos al cambio de sujeto. Este año, la nómina se publicó excepcionalmente el 31 de mayo.

Por último, se estima que las plataformas digitales no inscritas en el sistema simplificado de tributación deberían estar pagando alrededor de 13 millones de dólares por este concepto al año.

IVA a los Servicios Digitales

El IVA a los servicios digitales entró en vigencia el 1 de junio de 2020, cuando los prestadores de estos servicios, extranjeros, sin domicilio ni residencia en Chile, comenzaron a inscribirse para el pago del impuesto.

En la actualidad existen 112 comercios y/o plataformas no inscritos en el régimen de tributación simplificada establecido para la declaración y pago de este impuesto. En una primera etapa, el SII aplicará cambio de sujeto en 32 de estos casos.

A casi dos años de la implementación de esta norma, se registra una recaudación cercana a los 275 millones de dólares, en 2021, y $116,6 millones de dólares en lo que va de 2022, los que han sido declarados y pagados por los más de 300 comercios y plataformas inscritos a la fecha en el SII.

Hay que recordar que en 2020 el SII estableció la obligación para los emisores bancarios y no bancarios de tarjetas de pago de enviar un reporte con información relativa a las transacciones facturadas a comercios y plataformas extranjeros por concepto de pagos efectuados por chilenos

Es importante resaltar que hay servicios como Netflix o Uber -sólo por nombrar algunas- ya comenzaron a cargar el pago de impuestos a sus usuarios.

Los 32 servicios digitales incluidos en la nueva nómina del SII:

  • CPANEL INC (Estados Unidos)
  • CRUNCHYROLL (Estados Unidos)
  • DDITSERVICES.COM (Luxemburgo)
  • ECHST.NET (Estados Unidos)
  • ELSEVIER (Países Bajos)
  • ENEBA.COM (Lituania)
  • ESET LLC (Estados Unidos)
  • EXPRESSVPN.COM (Gibraltar)
  • FRESHWORKS INC (Estados Unidos)
  • FRONTIERS MEDIA SA (Suiza)
  • FUTBOL CLUB BARCELONA (España)
  • GRAMMARLY (Estados Unidos)
  • GRAVITY INT (Estados Unidos)
  • HEROKU (Estados Unidos)
  • HOSTGATOR (Estados Unidos)
  • IQOPTION.COM (Chipre)
  • ISTOCK.COM (Irán)
  • LIVEU (Estados Unidos)
  • MDPI AG (Suiza)
  • MONGODBCLOUD (Estados Unidos)
  • PITNEYBOWES (Reino Unido)
  • SASCHA FITNESS (Estados Unidos)
  • SCHOLASTIC EDUCATION (Estados Unidos)
  • SQUARE ENIX (Estados Unidos)
  • SQUARESPACE INC (Estados Unidos)
  • TITAN 3PL (Hong Kong)
  • TRAVELCLICK INC (Estados Unidos)
  • VIAGOGO (Suiza)
  • WONDERSHARE (Hong Kong)
  • WORDPRESS (Estados Unidos)
  • ZAPIER.COM (Estados Unidos)
  • ZUMBA.COM (Estados Unidos)
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