En la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputadas y Diputados avanza la reforma de pensiones que propone el Gobierno de Gabriel Boric, que espera que la norma sea aprobada por los distintos sectores políticos antes del receso legislativo de febrero. Dentro de este proyecto está la idea del autopréstamo desde los fondos de AFP.

Pese a que las posiciones, en el grueso de la reforma de pensiones, aún están lejanas, hay otros aspectos que sí tienen más consenso en los distintos sectores políticos. 

Representantes del Partido de la Gente (PDG) e independientes se han mostrado abiertos a aprobar el apartado del autopréstamo, aunque han pedido aumentar el monto permitido a retirar por parte de los afiliados. 

Cómo funciona el autopréstamo de AFP en la reforma de pensiones

Tras el auge de los retiros del 10% de fondos de AFP, el Gobierno de Gabriel Boric incluyó en su propuesta de reforma previsional la figura del autopréstamo que, a diferencia de los retiros, obliga a los afiliados a devolver el dinero recibido, y también establece una serie de condiciones.

Según establece el artículo 85° del proyecto de ley, en su párrafo 6° “Del autopréstamo”, “las personas afiliadas al Sistema Mixto, no pensionadas, y que se encuentren a 5 años o más del cumplimiento de la edad legal de pensión, tendrán derecho a realizar retiros en carácter de préstamos con cargo al saldo mantenido en sus cuentas de capitalización individual de cotizaciones obligatorias”.

Se considera un “autopréstamo”, porque la misma persona deberá reponer esos recursos, en UF, sin que apliquen intereses.

Las condiciones que indica este artículo sobre el autopréstamo son:

  • Podrán realizarse hasta por un monto equivalente al 5% del total ahorrado en dicha cuenta a la fecha de la solicitud, con un monto máximo de 30 unidades de fomento (UF).
  • El monto del préstamo se expresará en unidades de fomento del día de la entrega del dinero, no devengará intereses y deberá ser devuelto a la cuenta de capitalización individual de la o el solicitante reajustado conforme a las variaciones experimentadas por la unidad de fomento.
  • La entrega de los fondos se efectuará dentro del plazo máximo de 10 días hábiles a contar del ingreso de la solicitud.

¿Cómo se devuelve el autopréstamo?

La devolución del préstamo se efectuará mediante el pago de cuotas calculadas como el 2% de las remuneraciones y rentas imponibles de la persona afiliada, que se pagará a partir del mes subsiguiente al de la solicitud del préstamo, junto con el pago de las cotizaciones obligatorias.

El pago del préstamo se efectuará cada mes en que la persona afiliada cotice en calidad de trabajadora o trabajador dependiente, independiente o voluntario, y hasta el mes en que salde el total de la deuda.

La persona afiliada podrá en cualquier momento saldar parcial o totalmente el monto adeudado.

El pago del préstamo en el caso de las personas trabajadoras dependientes, se efectuará por la o el empleador simultáneamente con el pago de las cotizaciones obligatorias.

¿Cuántos autopréstamos se pueden realizar?

Mientras una persona afiliada tenga vigente el préstamo, no podrá solicitar otro, hasta la amortización total del mismo. Una vez pagado el préstamo, la persona podrá pedir uno nuevo.

 

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