Este martes, el Presidente Sebastián Piñera detalló la extensión del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) Laboral.

Este beneficio es un incentivo para que los trabajadores que estuvieron previamente cesantes consigan empleo formal; y contempla la entrega de montos de hasta $200 mil en caso de hombres entre 25 y 55 años, y hasta $250 mil para mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad y asignatarios de pensión de invalidez.

Según detalló el mandatario, la medida ampliará el periodo de postulación a los meses de enero, febrero y marzo de 2022.

Quienes resulten beneficiarios del IFE Laboral en noviembre y diciembre de 2021 recibirán hasta tres meses de pago del subsidio siempre que permanezcan empleados.

En el detalle, señaló que si se postula en noviembre, diciembre o enero de 2022, la extensión del pago será hasta por tres meses.

Eso mientras que si se hace en febrero, será hasta por dos meses y en marzo hasta por un mes de pago.

Cabe mencionar que las modificaciones no contemplan cambios a los requisitos de acceso, mantención ni montos asociados al IFE Laboral.

Respecto al calendario de pagos, desde el Gobierno indicaron que depende de la fecha de contratación y la fecha de postulación al beneficio.

Si el contrato de trabajo se consagra entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre y la postulación se hace en noviembre, la fecha de pago es a partir del 1 de enero; si el contrato se registra entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre, y la postulación se hace en el último mes del 2021, la fecha de pago se fija a partir del 1 de febrero.

Si la postulación se hace durante enero, tras tener contrato entre el 1 de diciembre y el 31 de enero de 2021, el pago se iniciará desde el 1 de marzo; si se hace en febrero, tras firmar contrato entre el 1 de enero y el 28 de febrero, el pago será a partir del 1 de abril.

Y si se firma contrato entre el 1 de febrero y el 31 de marzo, y la postulación se hace en marzo de 2022, la fecha de pago se hará desde el 1 de mayo de 2022.

 

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