La aerolínea Jetsmart deberá pagar una millonaria multa luego de que el Servicio Nacional de Migraciones constatara que no cumplió con la obligación de informar a la Policía de Investigaciones (PDI) sobre el traslado de 839 pasajeros en seis vuelos distintos.

La multa equivale a más de $581 millones, la sanción más alta aplicada por Migraciones, que representa un 37% del total de multas cursadas por el organismo desde el 2023.

Aerolínea Jetsmart deberá pagar millonaria multa

Desde Migraciones explicaron que las aerolíneas están obligadas a enviar a la PDI la lista de los pasajeros que salgan o ingresen al país por la Ley de Migración y Extranjería.

Adicionalmente, están obligadas a revisar la documentación de los pasajeros al momento del embarque. Al incurrir en esta norma, recibirán la sanción de entre 10 a 20 UTM por cada pasajero.

El pasado 1 de septiembre, la aerolínea Jetsmart fue multada por un total de 8.390 UTM al no cumplir con la normativa.

El director nacional de Migraciones, Luis Eduardo Thayer, detalló que “el cumplimiento de la normativa por parte de las líneas aéreas es esencial para poder tener una frontera ordenada y segura”.

"El deber de las líneas aéreas de informar a la PDI las listas de pasajeros es esencial para tener un control migratorio eficiente y que permita anticipar amenazas o dificultades", agregó.

Debido a reiteradas infracciones de algunas aerolíneas, Thayer aseguró que están considerando acciones relacionadas a “instituciones competentes en materia de autorización del tráfico aéreo e incluso al Ministerio Público, en casos que detectemos indicios de algún delito”.

La declaración de Jetsmart 

A través de un comunicado, desde Jetsmart señalaron lo siguiente: 

"JetSMART cumple de manera sistemática y estricta con toda la normativa aplicable a la operación, incluyendo la obligación de entregar oportunamente los listados de pasajeros a la autoridad competente a través del Sistema API/PNR (Advance Passenger Information/Passenger Name Record, sistema que transmite en línea los datos de los pasajeros a la autoridad competente antes de cada vuelo), interconectado con el Ministerio del Interior. Dicho sistema transmite en tiempo y forma toda la información exigida por la Ley de Migraciones y su Reglamento para cada uno de los vuelos de la compañía.

En este contexto, a juicio de la compañía, se considera que la sanción no resulta procedente, toda vez que el artículo 114 de la Ley de Migraciones y el artículo 130 de su Reglamento establecen expresamente la validez del API/PNR para dar cumplimiento a la obligación de entregar el listado de pasajeros, y no se identifica imposición expresa de mecanismos alternativos como el GENDEC (General Declaration, formulario manual adicional con información del vuelo y de sus pasajeros). 

Por lo anterior, JetSMART interpondrá los recursos administrativos correspondientes, convencida de que su actuación ha sido íntegra y conforme a la normativa vigente. La compañía mantiene su compromiso de operar con los más altos estándares de cumplimiento, seguridad y transparencia, en permanente coordinación con las autoridades competentes."
 

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