La Corte Suprema rechazó un recurso de protección presentado contra de la administración del edificio Recreo Park de Viña del Mar que multó a un propietario por usar su departamento para hospedaje por días y fines de semana a turistas (apart hotel). 

El fallo detalló que la condición de construcción destinada a la vivienda se contrapone, por su propia naturaleza y características, con el ejercicio de actividades de índole mercantil, de modo que "mientras dicho destino no sea modificado por los canales y a través de las formalidades adecuadas, no podrá ser utilizado por el recurrente para la explotación comercial que pretende imponer a los restantes copropietarios, mediante el arriendo por días o fines de semana del departamento de su dominio, como aconteció entre el 2 al 5 y entre el 6 al 8, de julio de 2018".

En ese sentido, la administración de la comunidad aseguró que difundió la prohibición en el reglamento de copropiedad de arrendar sus departamentos por períodos inferiores a treinta días— extensión que permite descartar cualquier afán o carácter comercial de los respectivos contratos—.

"Mientras que en el presente caso, además de la habitualidad que permiten calificar de comercial la actividad del recurrente, se debe tener presente que el actor ha arrendado de modo intermitente entre los meses de enero y agosto de 2018, según consta en registro de ingreso y salida de huéspedes transitorios que se habilitó en conserjería del Edificio, por períodos que pueden llegar a extenderse, incluso, por días singularmente considerados", señala el fallo.

Además, sostiene que el reglamento de copropiedad especifica que solamente se le puede dar una finalidad habitacional y no comercial a los departamentos. Tampoco se podrá ejecutar acto alguno que perturbe la tranquilidad de los copropietarios o que comprometa la seguridad, salubridad y habitabilidad del edificio o de sus unidades. 

"'Queda estrictamente prohibido a los copropietarios u ocupantes a cualquier título de los departamentos (…) instalar o destinar en todo o en parte al funcionamiento de apart hotel (…) u otros similares (…) y establecimientos comerciales (…)'", afirma el reglamento.

Uso de Airbnb

No es primera vez que se multa a alguien por usar sus departamentos como apart hotel. En agosto del año pasado la Corte de Apelaciones de Santiago ya había rechazado un recurso de protección presentado en contra de la administración de un edificio residencial de Las Condes que había determinado multar a una persona que vivía en el inmueble y que arrendaba sus dependencias través de la aplicación Airbnb.

 

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