A partir del este jueves 30 de abril, los trabajadores que hayan visto suspendidos sus contratos de trabajo a causa de la pandemia del COVID-19, y cuyos empleadores se hayan acogido a la Ley de Protección del Empleo -y sus solicitudes hayan sido aceptadas- comenzarán a recibir sus pagos por parte de AFC Chile.
Según explicaron, la fecha de pago de cada trabajador dependerá de dos factores: la fecha en que dejó de cumplir sus funciones y el día en que su empleador completó la solicitud.
Cada trabajador recibirá un correo electrónico por parte de AFC Chile informando la fecha de pago.
Calendario de pagos
| Fechas de cierre (solicitudes realizadas por el empleador hasta esta fecha) | Fechas de pago |
| 23 de abril/suspensión laboral en marzo | 30 de abril |
| 29 de abril/suspensión laboral en marzo | 7 de mayo |
| 8 de mayo | 15 de mayo |
| 14 de mayo | 22 de mayo |
| 22 de mayo | 29 de mayo |
| 29 de mayo | 5 de junio |
| 5 de junio | 12 de junio |
| 12 de junio | 19 de junio |
| 19 de junio | 26 de junio |
| 25 de junio | 3 de julio |
| 3 de julio | 10 de julio |
| 9 de julio | 17 de julio |
| 17 de julio | 24 de julio |
| 24 de julio | 31 de julio |
| 31 de julio | 7 de agosto |
| 7 de agosto | 14 de agosto |
| 14 de agosto | 21 de agosto |
| 21 de agosto | 28 de agosto |
| 28 de agosto | 4 de septiembre |
| 4 de septiembre | 11 de septiembre |
| 10 de septiembre | 17 de septiembre |
| 17 de septiembre | 25 de septiembre |
Eso sí, aclararon que para que se cumpla este calendario, el empleador debe subir correctamente la nómina de trabajadores suscritos a pacto al menos 10 días antes del cumplimiento del mes, para recibir respuesta dentro de los siguientes 4 días hábiles (aprobación, rechazo por forma o requisito).