Gran conmoción causó la muerte de un niño de 12 años, a raíz de una encerrona en la comuna de San Bernardo. De acuerdo a los primeros antecedentes de la investigación, el delito habría sido cometido por menores de edad, reabriendo la discusión sobre la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente.

Durante la madrugada de este martes, el menor se desplazaba en un vehículo junto a su padre y una tía cuando fueron interceptados por un grupo de delincuentes. Pese a que el niño intentó escapar, quedó atrapado con el cinturón de seguridad, siendo arrastrado por unos kilómetros.

Teletrece accedió a un video que demuestra que la banda que provocó la muerte del niño había participado previamente en otro robo en un servicentro, donde amenazaron a la banda con armas cortopunzantes. 

Tras la muerte del niño que habría sido víctima del actuar de menores de edad, alcaldes oficialistas solicitaron dar urgencia al proyecto que realiza modificaciones a la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente con el fin de endurecen las penas para aquellos menores que cometan delitos.

Qué dice actualmente la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente 

La Ley N°20.084 establece medidas para adolescentes de entre 14 y 18 años que cometan delitos y tiene como objetivo reinsertar a los jóvenes a través de programas especiales. La responsabilidad penal se divide en dos segmentos: 14 a 16 años y 16 a 18 años.

Con esta normativa, los adolescente entre 14 y 18 años son responsables ante la ley, tienen derecho a defensa gratuita y puede ser condenados a penas privativas de libertad. De todas formas, son derivados a centros especiales, donde se mantienen separados de los adultos.

Una vez sancionado, el adolescente tiene derecho a pedir el término o cambio de una pena privativa de libertad por una que pueda cumplir en el medio libre para favorece su reinserción social. 

Dentro de las sanciones se contempla la internación en régimen cerrado con programa de reinserción social, libertad asistida especial con internación parcial, libertad asistida especial, libertad asistida simple, prestación de servicios en beneficio de la comunidad, reparación del daño causado y amonestación.

El Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil -sucesor del Sename- debe materializar las penas que contempla la ley. Cabe destacar que, de acuerdo a la normativa, la sanción debe formar parte de una intervención socioeducativa amplia y orientada a la plena integración social. 

Para establecer la pena, se debe considerar la gravedad de los delitos, específicamente el bien jurídico protegido, la modalidad escogida y la extensión del daño causado, además del empleo de la violencia física o de ensañamiento, la utilización de armas o la provocación de un riesgo grave para la vida o la integridad de las víctimas.

Adicionalmente, se tiene en cuenta la edad y el desarrollo psicosocial del condenado y el comportamiento demostrado con anterioridad y posterioridad a la ocurrencia de los hechos. 

En el caso de los adolescentes que cometan un delito grave como un homicidio, podrían recibir la pena máxima de 10 años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social para jóvenes entre 16 y 17 años. Sin embargo, para quienes tienen entre 14 y 15 años, la pena máxima es de cinco años. 

Qué dice la propuesta para modificar la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente 

Parlamentarios de Renovación Nacional presentaron una propuesta para modificar la Ley N°20.084, la cual se encuentra en segundo trámite constitucional en el Senado.

La iniciativa de RN tiene como objetivo modificar el régimen aplicable a los adolescentes que cometen delitos, intensificando las sanciones de internación en régimen cerrado. De todas formas, esto debe incluir el programa de reinserción social y libertad asistida con internación parcial.

El proyecto busca eliminar las rebajas automáticas a adolescentes entre 16 y 17 años que cometan delitos graves como homicidio o secuestro, argumentando que aquellas personas tienen conciencia de sus actos.  

Por otra parte, incorpora reglas procesales para la internación provisoria en régimen cerrado -o prisión preventiva- y no considerar la irreprochable conducta anterior en menores de 16 años que cometan delitos graves. 

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