A partir de este 1 de enero de 2020 entra en vigencia la nueva ley de pagos de sobregiros que permite a los clientes con cuentas bancarias optar por el pago automático de deudas con sus fondos, sin que la entidad haga uso de su línea de crédito.

Según explica el texto de la nueva Ley 21.167 el pago de un crédito que se haya estipulado para la cuenta corriente bancaria será automático "con los abonos que se hagan a la cuenta corriente correspondiente, siempre y cuando no exista deuda vigente por créditos no estipulados".

Con la nueva Ley el cliente tiene la posibilidad de evitar el uso de su línea de crédito y los gastos asociados que ello conlleva. El banco podrá permitir que sus clientes giren el monto del crédito estipulado o de su haber en efectivo y en tal caso los primeros abonos que en seguida se hagan a la cuenta se aplicarán de preferencia a cubrir este sobregiro.

"También podrá realizarse el pago del crédito que se haya estipulado, mediante el depósito directo de abonos a dicho crédito que sea realizado por caja en las sucursales bancarias que corresponda o a través de las transferencias que el propio comitente determine realizar", indica el texto de la Ley.

Con este nuevo mecanismo, los usuarios de cuentas corrientes bancarias que caigan en sobregiro podrán evitar el uso de la línea de crédito. La idea es que el cliente de una entidad pueda cubrir su sobregiro apenas tenga dinero en su cuenta.

Pese al cambio de la Ley, en el caso de que los clientes que no quieran que ese pago sea automático con sus fondos y desean mantener la modalidad actual, podrán informarlo a su respectivo banco.

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