Aunque el calendario de la Operación Renta es anunciado con bastante anticipación, cada año surgen contribuyentes que no realizan su declaración de impuestos durante el plazo establecido. ¿Qué ocurre en estos casos?

Si bien se puede realizar la declaración fuera de plazo, según la Defensoría del Contribuyente (Dedecon) la persona se verá afectada con multas, reajustes e intereses, dependiendo si le correspondía pagar impuestos (desde el 10% al 30% de lo adeudado y 1,5% más por mes de retraso). 

El proceso anualmente se ejecuta en abril, por lo que debería comenzar el 1 de ese mes y extenderse hasta las primeras semanas de mayo.

En caso de que la o el contribuyente tuviera una devolución a favor o una declaración “calzada” (sin pago ni devolución), la sanción económica puede variar desde 1 UTM hasta 1 UTA (entre $64.793 y $777.516, a marzo de este año).

Finalmente, si no se realiza la declaración, el Servicio de Impuestos Internos (SII) podrá iniciar un proceso de fiscalización y girar los impuestos que correspondan. En este sentido, la persona quedará con una deuda tributaria, que irá en aumento por reajustes por IPC, intereses y multas. En caso de que, en futuros procesos, solicite una devolución a su favor, ésta será utilizada para compensar la deuda.

“Es fundamental estar al tanto de las obligaciones tributarias y cumplir con los plazos definidos. Por eso, para facilitar este proceso, es importante que revisen la propuesta de Formulario 22 ante eventuales observaciones por errores o falta de información", expresó el defensor nacional del Contribuyente, Ricardo Pizarro.

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