Este sábado, el primer juzgado civil de Antofagasta acogió la demanda interpuesta por la comunidad atacameña de Solor, ordenando al Estado chileno a transferir los territorios donde se ubican las lagunas Cejar y La Piedra, ubicados en San Pedro de Atacama.

El fallo, que debe cumplirse dentro de un año, establece que "tratándose de terrenos que constituyen territorios ancestrales de la actora (la comunidad) y no existiendo impedimento legal alguno para que el Estado transfiera y con ello reconozca el derecho de propiedad ancestral, es que se acoge la demanda principal conforme se declara en la parte resolutiva de esta sentencia".

El dictamen da por acreditado que la comunidad Solor es descendiente del pueblo Atacameño y que ha habitado la zona desde tiempos precolombinos.

Para tener un catastro de los territorios pertenecientes a pueblos indígenas, en 1998 se elaboró el informe Datura, el cual a través de fichas de caracterización de sitios, determinaron territorios ocupados ancestralmente por dichos pueblos.

El tribunal dio por acreditado que "sobre las mismas, la Comunidad Atacameña ha tenido uso y ocupación ancestral conforme se desprende del Informe Antropológico acompañado por la demandante y la declaración de los testigos de dicha parte y ficha de caracterización de sitio "Vega de Cejar", contenida en copia de informe Datura

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