Comenzó el periodo de vacaciones y, como es natural, muchos abandonan la ciudad para viajar a los balnearios y otros sectores turísticos a lo largo del país

Por eso, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) decidió destacar una serie de consejos para elergir de forma adecuada el lugar de hospedaje y las consideraciones que se deben tener a la hora de arrendar una casa o departamento durante el verano. 

Recomendaciones de contrato 

• El contrato debe ser por escrito, para que queden registradas todas las promesas efectuadas por el administrador de la casa o departamento, además de todo lo que haya sido incluido en la publicidad.

• Antes de firmar cualquier contrato, es recomendable visitar la propiedad o verificar que realmente existe revisando opiniones de otras personas antes de dar cualquier pago anticipado

• Recurrir a corredoras con reconocimiento en el rubro, con domicilio, representantes identificables e idealmente suscritos a alguna asociación de corredores de propiedades. 

• Se puede revisar a través de Sernatur si el alojamiento y servicios vacacionales ofrecidos están registrados en la entidad, ya que todo servicio de alojamiento turístico está regulado por la Ley 20.423 y su reglamento el decreto 222.

Requisitos de hospedaje 

La recomendación del Sernac incluyó las características que debe poseer el establecimiento, hostal u hotel escogido, que a su vez debe contar con la autorización sanitaria del Servicio Nacional de Salud

Los recintos deben cumplir con los requisitos mínimos que exige el “Reglamento de Hoteles y Establecimientos Similares” del Ministerio de Salud: 

• Las condiciones de limpieza deben ser óptimas e incluir como mínimo el aseo una vez al día.  

• La infraestructura de la dependencia -pintura, vidrios, pisos- debe estar en buenas condiciones.

Los lugares sanitarios deben funcionar correctamente y mantenerse limpios, tanto para prevenir enfermedades de los usuarios, como para evitar malos olores. 

• Cada vez que se cambie de inquilino, el arrendatario tiene la obligación de cambiar las sábanas, fundas y toallas. Y se deben cambiar por lo menos dos veces por semana cuando sean utilizadas por un solo usuario. 

• El establecimiento debe contar como mínimo con dos extinguidores para prevenir riesgos de incendio.

• El administrador tiene la obligación de avisar a los servicios de asistencia pública en caso de accidentes de los pasajeros.

¿Qué hacer en caso de estafas?

Según la Ley del Consumidor, el Sernac no tiene competencia frente a casos de estafa por contratos que se realizan de forma particular. La Ley puede hacerse cargo del incumplimiento de las empresas, pero no tiene alcance en este aspecto.

Por eso, en caso de sufrir una estafa, los afectados deben hacer la denuncia ante las autoridades correspondientes, es decir, la PDI y Fiscalía

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